VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de incorporar al dominio departamental de uso público las fracciones S, T y U del padrón Nº 61480, con frente a la calle Mallorca Nº 4415, entre las calles Mataojo y Arq. Emilio Boix y Merino, ubicado dentro de los límites del C.C.Z. Nº 6, Municipio E;
RESULTANDO: 1º) que el Municipio E informa que se trata de una servidumbre de paso antigua, limítrofe con la UTU Malvín Norte y perpendicular a la calle Mallorca que se pretende pavimentar y así poder realizar la continuación de la calle Espronceda, lo cual tiene gran importancia para la movilidad de la población que vive en los Barrios Boix y Merino y Nueva Vida (ambos barrios producto de realojos realizados por esta Intendencia) hacia los centros de estudio, así como hacia calles principales por donde circulan distintas líneas de ómnibus;
2º) que el Servicio de Regulación Territorial informa que:
a) el área afectada para el pasaje definido en el proyecto de alineaciones Nº 21.044 se encuentra actualmente libre de obstáculos;
b) el proyecto de alineaciones fue aprobado por Resolución Nº 5384/19 de fecha 11 de noviembre de 2019;
c) las fracciones afectadas para el pasaje tienen un área total de 1.489,17 m2 en el Plano de Mensura del Ing. Agrim. Roberto Celaya de junio de 1984, registrado con el Nº 5718, el 7 de noviembre de 1984;
d) se estaría en las condiciones establecidas por el Artículo 35 de la Ley Nº 3958 del 28 de marzo de 1912, de acuerdo a lo establecido por el Artículo D.223.105 del Volumen IV del Digesto, de declarar incorporada al dominio departamental de uso público el área correspondiente a las fracciones S, T y U, indicadas en el Plano de Mensura mencionado anteriormente, afectadas para pasaje;
3º) que la División Planificación Territorial comparte lo informado por el Servicio de Regulación Territorial y promueve el dictado de resolución declarando incorporada al dominio departamental de uso público de acuerdo al Art. D.223.105 del Digesto Departamental el área correspondiente a las fracciones S, T y U del plano de mensura del Ing. Agrim. Roberto Celaya de junio de1984, registrado con el Nº 5718, el 7 de noviembre de 1984 en el marco de lo establecido por el Art. 35 de la Ley Nº 3958 del 28 de marzo de 1912;
CONSIDERANDO: 1º) lo establecido por el Art. 35 de la Ley Nº 3.958 del 28 de marzo de 1912 y el Art. D.223.105 del Volumen IV del Digesto; 2º) que el Departamento de Planificación estima procedente se dicte resolución al respecto;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Declarar incorporadas de pleno derecho y sin indemnización alguna al dominio departamental de uso público, las fracciones S, T y U del padrón Nº 61480, que constan de una superficie de 1.489,17 m2, según el plano de mensura del Ing. Agrim. Roberto Celaya de junio de 1984, registrado en la Dirección Nacional de Catastro con el Nº 5718 el 7 de noviembre de 1984, ubicadas dentro de los límites del C.C.Z. Nº 6, Municipio E, que se encuentran libres de obstáculos y efectivamente libradas al uso público.-
2º. Encomendar al Servicio de Escribanía la realización de la inscripción correspondiente en el Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Montevideo.-
3º. Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano; al Municipio E; a la División Planificación Territorial; al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6; a la Unidad de Expropiaciones y Topografía y pase por su orden al Servicio de Escribanía para dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 2º; a la Unidad Administradora de Bienes Inmuebles Departamentales para su conocimiento y al Servicio de Regulación Territorial a sus efectos.-
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