Resolución N° 3221/10
Nro de Expediente:
6370-001641-10
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
19/7/2010


Tema:
REASENTAMIENTOS - TASACIONES

Resumen:
Se amplía la indemnización aprobada con fecha 7 de junio de 2010, por Resolución No. 2437/10, en la suma de U.I. 30.546,94, a favor de la Sra. Susana Dos Santos Cabrera, titular de la C.I. 2.549.569-2. Lote 1 - Cerro Norte, Vivienda No. 027.

Montevideo, 19 de Julio de 2010.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, en el marco de las Obras comprendidas en el Primer Paquete de Obras dentro del Plan de Saneamiento IV, Lote 1 - Cerro Norte 2a. Etapa - Obras Saneamiento y Drenaje Subcuencas 1 y 2, de la Etapa IV, Contrato de Préstamo BID No. 1819/OC-UR;
      RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 2437/10 de fecha 7 de junio de 2010, se aprobó la tasación practicada por el Cuerpo de Tasadores, en relación con la vivienda individualizada con el No. 027, cuya titular es la Sra. Susana Dos Santos Cabrera, Cédula de Identidad No. 2.549.569-2, la que ascendió a la suma de U.I. 58.419,74, equivalentes a $ 120.484,87;
      2o.) que la Sra. Dos Santos, con fecha 30 de junio de 2010, presenta nota indicando que no ha encontrado vivienda de similares condiciones, por lo que solicita un incremento en la indemnización realizada, en la suma de $ 63.000,oo;
      3o.) que la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, informa que en el marco de realojo de familias que interfieren directamente en la ejecución del Plan de Saneamiento, se debe garantizar la reposición de las viviendas afectadas de manera que ninguna familia quede desmejorada, comparativamente a la actual, debiendo asegurar la compensación de la pérdida física y apoyar la reinstalación de las actividades económicas;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la citada

      Unidad continúa indicando que a los efectos de evitar el empobrecimiento de los afectados, se debe alcanzar una indemnización adecuada, que permita a las familias involucradas trasladarse, minimizando los impactos del reasentamiento, mejorando su condición de vida;
      2o.) que la Unidad actuante, previa conformidad de la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental, culmina su informe solicitando la aprobación de la indemnización complementaria que obra agregada a estas actuaciones y se disponga el pago correspondiente a la Sra. Susana Dos Santos Cabrera, titular de la Cédula de Identidad No. 2.549.569-2;
      3o.) que con fecha 5 de julio de 2010, la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento, realizó la imputación complementaria SEFI No. 130058, por la suma de $ 63.131,36, equivalentes a U.I. 30.546,94, aplicándose la Unidad Indexada al día indicado;
      4o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, es de opinión favorable en que se amplíe la indemnización aprobada por Resolución No. 2437/10 y se autorice el pago, a efectos de poder contar con el bien en forma inmediata;
      LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1o.-Ampliar la indemnización aprobada con fecha 7 de junio de 2010, por Resolución No. 2437/10, en la suma de U.I. 30.546,94 (treinta mil quinientos cuarenta y seis unidades indexadas con 94/100) equivalentes a la suma de $ 63.131,36 (pesos uruguayos sesenta y tres mil ciento treinta y un con 36/100), a favor de la Sra. Susana Dos Santos Cabrera, titular de la Cédula de Identidad No. 2.549.569-2, por concepto de obtenerse la libre disposición, por reasentamiento familiar, afectado por el Plan de Saneamiento - Etapa IV, Contrato de Préstamo BID No. 1819/OC-UR.
      2o.-Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y Planificación, a la División Planificación Territorial y pase por su orden a Contaduría General para el contralor del gasto y a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento quien notificará a la interesada y proseguirá el trámite.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-