Resolución N° 2665/02
Nro de Expediente:
4113-017525-00
 
UNIDAD CENTRAL DE PLANIFICACION MUNICIPAL
Fecha de Aprobación:
8/7/2002


Tema:
PROYECTO DE DECRETO

Resumen:
Remitir a consideración de la Jta. Dptal. de Montevideo proyecto de decreto para aprobar propuesta edilicia en el padrón Nº 30.325, ubicado con frente a la calle José Ellauri Nº 1089 entre la Avda. Brasil y la calle Atanasio Lapido.

Montevideo, 8 de Julio de 2002.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el trámite en consulta presentado por el Arq. Jorge Borras, técnico responsable del predio padrón Nº 30.325, ubicado con frente a la calle José Ellauri Nº 1089 entre Avda. Brasil y la calle Atanasio Lapido, propiedad de GRADISUR S.A.;
          RESULTANDO: 1º) que la Comisión Especial Permanente Consejo Auxiliar de los Pocitos propuso la aprobación de la viabilidad urbanística de la propuesta de referencia;
          2º) que la Oficina de Gestión Territorial del Plan Montevideo informa:
          a) que en el presente trámite se solicita tolerancia para extender a todo el inmueble empadronado con el Nº 30.325 la altura de las construcciones que le corresponde por el acordamiento con el edificio lindero ubicado en el padrón Nº 30.326;
          b) que esta tolerancia implica un mayor aprovechamiento por cuanto se habilita la construcción de 50 m.c. más por planta, en un total de 4 plantas. Por lo tanto el mayor aprovechamiento se traduce en la construcción de 200 m.c. más;
          c) que por lo expuesto, la solicitud implica una modificación cualificada, Art. D.8 Literal B (modificación cualificada) del Decreto Nº 28.242;
          d) que con relación a lo preceptuado en la Resolución Nº 1143/99 de 5 de abril de 1999, artículo 4, literal "i", donde se establece: ..."Si se requiriera la solicitud de excepciones (modificaciones del Plan Montevideo) o tolerancias durante la ejecución de la obra, corresponderá la detención de los trabajos de construcción en tanto éstas se resuelvan", corresponde la intervención del Servicio Central de Inspección General a efectos de determinar si se ha respetado lo anteriormente citado;
          e) que de acuerdo a la nota presentada por la empresa GRADISUR S.A. el 15 de marzo de 2002 luciente a fs. 33 de las presentes actuaciones, se procedió a la revisión del cálculo por mayor aprovechamiento por mayor edificabilidad aplicable al citado inmueble, siendo éste equivalente a U.R. 1144,1296 (unidades reajustables mil ciento cuarenta y cuatro con mil doscientas noventa y seis diezmilésimas);
          3º) que la Comisión Permanente del Plan Montevideo trató las presentes actuaciones, y expresó que puede autorizarse lo solicitado en el presente trámite de acuerdo a lo establecido en el Capítulo 1 Disposiciones Generales del "Plan de Ordenamiento Territorial" Art. D.8 literal B) (modificación cualificada), correspondiendo el pago de Compensación por Mayor Aprovechamiento, equivalente a U.R. 1144,1296 (unidades reajustables mil ciento cuarenta y cuatro con mil doscientas noventa y seis diezmilésimas);
          CONSIDERANDO: que el Director de la División Planificación Territorial y el Director General de la Unidad Central de Planificación Municipal son de opinión favorable en que se solicite anuencia a la Junta Departamental de Montevideo;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el
          siguiente:
          PROYECTO DE DECRETO
          ARTICULO 1º.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo, a aprobar la propuesta edilicia presentada para el predio empadronado con el Nº 30.325, ubicado con frente a la calle José Ellauri Nº 1089 entre Avda. Brasil y la calle Atanasio Lapido, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo 1 Disposiciones Generales del "Plan de Ordenamiento Territorial" Decreto Nº 28.242, Art. D.8 literal B) (modificación cualificada), correspondiendo el pago de Compensación por Mayor Aprovechamiento, equivalente a U.R. 1144,1296 (unidades reajustables mil ciento cuarenta y cuatro con mil doscientas noventa y seis diezmilésimas).
          ARTICULO 2º.- Comuníquese.
          2.- Establecer, que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del permiso ante el Servicio de Contralor de la Edificación.
          3.- Pase a Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.
ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-