Resolución N° 1782/99
Nro de Expediente:
0001-017861-98
 
UNIDAD CENTRAL DE PLANIFICACION MUNICIPAL
Fecha de Aprobación:
18/5/1999


Tema:
FRACCIONAMIENTO

Resumen:
Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, proyecto de decreto para exceptuar de lo dispuesto en el Decreto Nº 28.242 (POT) referente al fraccionamiento del predio padrón Nº 46.726, propiedad del liceo San Luis

Montevideo, 18 de Mayo de 1999.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de fraccionamiento del predio padrón Nº 46.726, ubicado con frente al Cno. Lecocq propiedad del Colegio San Luis, dentro de los límites de la Zona Nº 12;
          RESULTANDO: 1º) que el citado Colegio solicita el fraccionamiento del predio antes mencionado, por estar interesada en adquirir una parcela del mismo, la Escuela Nº 128 de la zona, ya que su local se ve desbordado por el número de alumnos que actualmente asisten y por no poder controlar el pasaje de personas ajenas por el mismo, ya que es de importantes dimensiones;
          2º) que la Junta Local Nº 12 manifiesta que el citado padrón tiene en sus cercanías los Asentamientos denominados "Nuevo Lecocq, "Nueva Esperanza" y "Continuación Nueva Esperanza" que en la actualidad se encuentran en pleno proceso de regularización;
          3º) que la Sección Contralor Territorial informa:
          a) que el predio se encuentra en el marco del Decreto Nº 28.242 (POT) en zona suburbana o potencialmente urbanizable (sub-zona "LA TABLADA"),
          b) que las posibilidades de fraccionamiento según el régimen general de gestión son nulas, pues se establece un área mínima de 3 hás. para los lotes a crear, sin perjuicio de lo cual de aplicarse un Programa de Actuación Urbanística y estableciera un régimen específico de gestión, podrían proyectarse lotes con menos de 3 hás;
          c) que en virtud del destino que se daría a la fracción señalada con el Nº 2 en el plano a fs. 6 (1há.3270m2) enajenándose como Escuela Pública, la superioridad podría considerar su aprobación por vía de excepción;
          4º) que el Asesor Ing. Agrim. Juan Gambini de la División Planificación Territorial informa:
          a) que de acuerdo al plano de fraccionamiento realizado por el Ing. Agrim. Carlos E. Chirico en octubre de 1998 adjunto a fs. 6 de estas actuaciones, se configuran dos fracciones con un área inferior al mínimo aprobado para la zona;
          c) que se podría aprobar el presente fraccionamiento ya que el mismo reviste condiciones sociales particulares y que la Escuela Nº 128 de la zona, esta interesada en una de las fracciones (fracción Nº 2) por tener los locales de la misma desbordados en su capacidad locativa, cabe destacar que este fraccionamiento se debería aprobar como caso excepcional, sin sentar ningún precedente;
          CONSIDERANDO: que el Director de la División Planificación Territorial y el Director General de la Unidad Central de Planificación Municipal, estiman procedente se dicte Resolución al respecto;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
          PROYECTO DE DECRETO
          ARTICULO 1º.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo a exceptuar de lo dispuesto en el Decreto Nº 28.242 (POT) al predio padrón Nº 46.726, ubicado con frente al Cno. Lecocq, propiedad del Colegio San Luis, ubicado en la 9ª Sección Judicial del Departamento de Montevideo, de acuerdo al plano de fraccionamiento realizado por el Ing. Agrim. Carlos E. Chirico, adjunto a fs. 6 del expediente Nº 0001-017861-98.
          ARTICULO 2º.- Comuníquese.-
          2º. Pase a Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-