Resolución N° 1954/18
Nro de Expediente:
2017-4401-98-000001
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
30/4/2018


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba el Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Administración Nacional de Educación Pública - Consejo de Educación Secundaria, Concurso de Educación Ambiental en su segunda edición "Una Foto Hacia el Futuro".

Montevideo, 30 de Abril de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Concurso de Educación Ambiental "Una Foto hacia el Futuro" edición 2018, organizado por el Equipo Técnico de Educación Ambiental (ETEA) y el Centro de Fotografía (CdF), con el apoyo de la Administración Nacional de Educación Pública - Consejo de Educación Secundaria (ANEP-CES) y del Plan Ceibal;
        RESULTANDO: 1o.) que el objetivo de este Concurso tiene como finalidad contribuir a un cambio de actitud de la ciudadanía en su vida cotidiana y busca fomentar conductas amigables con el ambiente, estando orientado a estudiantes de bachillerato, que presentarán producciones fotográficas que tendrán como temática un aspecto ambiental del presente que nos conecte con el futuro;
        2o.) que para cumplir con dicho objetivo es necesaria la suscripción de un convenio entre la Intendencia de Montevideo (IdeM) y la ANEP-CES;
        3o.) que la División Asesoría Jurídica efectuó el control jurídico formal del texto proyectado;
        CONSIDERANDO: que el Coordinador del Equipo Técnico de Educación Ambiental y la Dirección General del Departamento de
        Desarrollo Ambiental propician el dictado de la resolución correspondiente;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar el siguiente Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Administración Nacional de Educación Pública - Consejo de Educación Secundaria (ANEP-CES): CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los …días del mes …… de ....., POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo (en adelante IdeM), representada por ................................ en su calidad de .............., con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360, inscripta en el Registro Único Tributario con el No. 211763350018 y POR OTRA PARTE: La Administración de Educación Pública - Consejo de Educación Secundaria (en adelante ANEP-CES), representado por ..................................... en su calidad de ................................., con domicilio en la calle Rincón No. 690, inscripta en el Registro Único Tributario con el No. 215926810015, siendo los nombrados orientales, mayores de edad, acuerdan lo siguiente: PRIMERO - ANTECEDENTES: 1) El presente acuerdo tiene como antecedentes los convenios firmados en los años 2012, 2015 y 2016 para la realización de actividades educativas coordinadas desde el Equipo Técnico de Educación Ambiental (ETEA) de la IdeM, en el marco del concurso audiovisual “Mi Residuo, Mi Responsabilidad”; que tiene como objetivo generar conductas amigables con el Medio Ambiente. El mencionado concurso se desarrolló en seis ediciones (2012, 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017) convocando al 100 % de los liceos públicos y privados de Montevideo. 2) Por otra parte en el año 2017 se realizó la primera edición del Concurso “Una Foto Hacia el Futuro” con igual objetivo que el concurso antes mencionado, para el cual fueron convocados el 100 % de los liceos con Bachillerato públicos y privados de Montevideo. SEGUNDO - OBJETO: El objeto del presente convenio consiste en realizar la segunda edición del concurso “Una Foto Hacia el Futuro” de conformidad a las bases que se adjuntan y se consideran parte integrante del presente, donde los estudiantes de bachillerato presentarán producciones fotográficas que tendrán como temática el patrimonio ambiental que representa el sistema costero de Montevideo, incluyendo playas y diferentes cursos de agua, haciendo principal hincapié en la preservación del entorno. El concurso objeto del presente convenio se realizará durante el año 2018 y los premios se entregarán en el mes de setiembre del mismo año. TERCERO - OBLIGACIONES de la IdeM: La IdeM se obliga a: 1) Asegurar los premios del concurso, de común acuerdo con ANEP-CES. 2) Brindar la experiencia de educadores del ETEA quienes coordinarán con los centros educativos y los docentes, y estarán a cargo de la difusión del concurso. 3) Realización de un curso on-line de educación ambiental orientado a docentes y estudiantes de formación docente, a través de la plataforma que el CES utiliza para su formación a distancia. 4) Integrar el jurado con representantes de las siguientes dependencias y organizaciones: Equipo Técnico de Educación Ambiental y Centro de Fotografía. CUARTO - OBLIGACIONES DE ANEP-CES: ANEP-CES se obliga a: 1) Promover esta iniciativa en los liceos, colaborando desde las diferentes áreas de conocimiento a través de los docentes que estarán a cargo de la orientación, supervisión y diseño de las estrategias pedagógicas a impartir a los alumnos participantes. 2) Aportar la participación de un Profesor Inspector y del representante del Plan Ceibal de la citada Institución para la integración del jurado del concurso. 3) Difundir e incentivar a todos los docentes y estudiantes del Instituto de Profesores Artigas (IPA) a participar del curso on-line antes mencionado. QUINTO – PLAZO: El plazo del presente convenio comenzará a partir de la suscripción y se extenderá hasta el 30 de diciembre del 2018. SEXTO – EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO: La evaluación y el seguimiento del presente acuerdo se realizará a través del ETEA. El grupo de trabajo conformado por los educadores del citado Equipo Técnico deberá realizar una evaluación y elevar el informe final a la culminación de las actividades del proyecto al Departamento de Desarrollo Ambiental y a ANEP-C.E.S. SÉPTIMO – COMUNICACIÓN: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que dé certeza de su realización. OCTAVO – DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes convienen en fijar como domicilios especiales a todos lo efectos judiciales y extrajudiciales del presente convenio los expresados como suyos en la comparecencia. NOVENO – RESCISIÓN DEL CONVENIO: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de ambas partes dará lugar al inicio, previa constatación de los trámites tendientes a la rescisión de este convenio. Se considerará que alguna de las partes ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión cuando notificada por escrito de la constatación del incumplimiento dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la IdeM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. DÉCIMO – MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. Y en prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
        2o.-Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental la facultad de firmar el Convenio que se aprueba en el numeral que antecede.
        3o.-Comuníquese al Departamento de Secretaría General para conocimiento de la Administración Nacional de Educación Pública - Consejo de Educación Secundaria (ANEP-CES), a las Divisiones Asesoría Jurídica, Limpieza y Comunicación, al Equipo Técnico de Educación Ambiental y pase al Servicio de Relaciones Públicas para la formalización del presente Convenio.
OSCAR CURUTCHET, Intendente de Montevideo (I.).-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I.).-