Resolución N° 4134/00
Nro de Expediente:
1002-003482-00
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
13/11/2000


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se aprueba el texto del Contrato de Arrendamiento a suscribirse entre esta Intendencia Municipal y ANTEL, con el objeto de arrendar 50 m.c. de la azotea del Palacio Municipal para la instalación de una Radiobase del Sistema de Acceso Local de Distribución de Multipunto y otros elementos.-

Montevideo, 13 de Noviembre de 2000.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Contrato de Arrendamiento a celebrarse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Administración Nacional de Telecomunicaciones;

          RESULTANDO: 1o.) que la Comuna de Montevideo ha acordado dar en arrendamiento al citado ente estatal 50 metros cuadrados de superficie en la azotea situada sobre el Piso 25, para la instalación de una Radiobase del Sistema de Acceso Local de Distribución Multipunto (LMDS), equipos de aire acondicionado, Bastidores, Sub-Bastidores, Banco de Baterías, Fuente de poder redundante, y Antenas de trasmisión y recepción colocadas en las esquinas de la azotea cubriendo los cuadrantes de los cuatro puntos cardinales;

          2o.) que el precio del arrendamiento es de U$S 3.000,oo (dólares estadounidenses tres mil) mensuales, conviniéndose entre las partes que el pago se realizará mediante un incremento de la capacidad de acceso a INTERNET que la Intendencia Municipal de Montevideo posee actualmente como consecuencia del convenio vigente de fecha 19 de noviembre de 1997, ampliándola de los 64 Kbps actualmente disponibles, a 256 Kbps, y agregando un acceso dedicado de 1 Mbps a URUGUAYNET;

          CONSIDERANDO: que se estima conveniente el dictado de resolución aprobando las cláusulas del convenio de referencia;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Aprobar las cláusulas del Contrato de Arrendamiento a celebrarse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Administración Nacional de Telecomunicaciones en los siguientes términos:
          CONTRATO DE ARRENDAMIENTO: En la ciudad de Montevideo, a los días del mes de de dos mil, entre POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la I.M.M., representada en este acto por , con domicilio en la Avenida 18 de Julio No. 1360, y POR OTRA PARTE: la Administración Nacional de Telecomunicaciones, en adelante ANTEL , representada por , en sus calidades de Presidente y Gerente General, con domicilio en la Avenida Daniel Fernández Crespo No. 1534, convienen en celebrar el siguiente Contrato de Arrendamiento, sujeto a las cláusulas que se enunciarán:
          PRIMERO: OBJETO: la I.M.M., da en arrendamiento a ANTEL , y ésta toma en tal carácter, 50 metros cuadrados de superficie en la azotea situada sobre el Piso 25 (último piso) -donde ya existe una caseta construida por ANTEL-, para la instalación de una Radiobase del Sistema de Acceso Local de Distribución Multipunto (LMDS), equipos de aire acondicionado, Bastidores, Sub-Bastidores, Banco de Baterías, Fuente de poder redundante, y Antenas de Trasmisión y recepción colocadas en las esquinas de la azotea, cubriendo los cuadrantes de los cuatro puntos cardinales, todo ello de acuerdo al plano que se agrega, los croquis de las figuras 1 a 5, e informe técnico, los que se consideran parte integrante del contrato.-
          SEGUNDO: PRECIO: El precio del arrendamiento es de U$S 3.000,oo dólares estadounidenses tres mil) mensuales, pagaderos mes a mes vencido, a partir de la toma de posesión por parte de ANTEL de las áreas arrendadas, o de la firma del contrato, según lo que se produzca primero. El pago se realizará mediante un incremento de la capacidad de acceso a INTERNET que la I.M.M. posee actualmente como consecuencia del convenio vigente de fecha 19 de noviembre de 1997, ampliándola de los 64 Kbps actualmente disponibles, a 256 Kbps, y agregando un acceso dedicado de 1 Mbps a URUGUAYNET. Dicho servicio conservará las características de "proveedor de servicios WEB" actualmente vigentes. El acceso podrá ser utilizado para efectuar conexiones de red local privada y para brindar servicios a terceros de alojamiento de páginas WEB o de publicidad, que no incluyan servicios de acceso a INTERNET de ningún tipo para terceros. Este servicio estará exonerado del pago de la tasa de conexión y de las tarifas mensuales y se ajustará a las condiciones generales del servicio de acceso dedicado a INTERNET establecidas por ANTEL, que no entren en contradicción con lo especificado en el presente Contrato. Anualmente se procederá a revisar el servicio suministrado por ANTEL, y en caso de constatarse modificaciones en la relación capacidad/tarifa del servicio de acceso a INTERNET en uso por ANTEL, y vigente a la fecha de este Contrato, ANTEL adecuará el servicio otorgado por concepto de pago de precio, de manera de mantener dicho valor.-
          TERCERO: ENERGIA: ANTEL realizará, a su exclusivo costo y cargo, un trámite ante U.T.E. solicitando un nuevo servicio, para una carga máxima de 14 KVA para alimentar las fuentes de 48 V, los equipos de aire acondicionado y de alarmas.- El consumo eléctrico será tarifado por U.T.E. a nombre de ANTEL quien se encargará de la gestión del pago correspondiente.-
          CUARTO: EXCLUSIVIDAD: La I.M.M. se compromete a no arrendar a terceros otras áreas de su azotea, para la colocación e instalación de equipos iguales o similares, a los que se especifican en el presente contrato, entendiéndose por similares todos los equipos que trabajan entre 10 GHz y 42 GHz.-
          QUINTO: ACCESO A LA AZOTEA E INSTALACIONES: ANTEL queda facultada para acceder a la azotea y a las instalaciones a cualquier hora del día o de la noche, en días hábiles o feriados, para proceder a las reparaciones técnicas necesarias o para el servicio de mantenimiento de las antenas o equipos que se instalen, dando previo aviso personal, telefónico o por fax al Director de Servicios Internos del Palacio, o a quien éste delegue a tales efectos.-
          SEXTO: RESPONSABILIDAD: I) ANTEL asume la responsabilidad por los daños y perjuicios que se pudieren producir eventualmente en el inmueble, a personas físicas, vehículos y otros elementos, mientras se realiza la instalación de equipos, antenas e instalaciones adicionales durante todo el período contractual, y a su desmantelamiento al término del Contrato, asumiendo la responsabilidad ante cualquier daño producido por las instalaciones. Asimismo ANTEL se hace responsable por los daños que se puedan ocasionar a peatones y vehículos que circulen por la vía pública frente al edificio. II) Por su parte, la I.M.M. no asumirá ninguna responsabilidad por el estado de los equipos instalados ya sea por deterioros provocados por causas naturales o aquellos producidos por actos de vandalismo.-
          SEPTIMO: INTERFERENCIAS: ANTEL se reserva el derecho de desmontar sus equipos en caso de existir interferencias con emisiones de otras antenas instaladas en las inmediaciones, o de futuros edificios que se construyan. Este hecho provocará la rescisión del presente Contrato, en concordancia con lo estipulado en la cláusula novena.-
          OCTAVO: PLAZO Y VIGENCIA: El presente Contrato entrará en vigencia a partir de la toma de posesión de las áreas arrendadas, o de la firma del Contrato, según lo que se produzca primero, y durará hasta el 14 de julio de 2005.-
          NOVENO: RESCISION: La rescisión de este Contrato sólo podrá realizarse con un preaviso de un año, y por causas fundadas.-
          DECIMO: DOCUMENTACION: Forman parte integrante de este Contrato: 1) la Resolución No. del Directorio de la entidad arrendataria, de fecha . 2) la Resolución No. del Intendente Municipal de Montevideo de fecha .3) Croquis de las figuras 1 a 5 e informe técnico.-
          UNDECIMO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes fijan domicilios especiales en los indicados como suyos en la comparecencia.-
          Para constancia y como prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de idéntico tenor en el lugar y fecha antes indicados.-
          2. Comuníquese a la Administración Nacional de Telecomunicaciones, al Departamento de Recursos Humanos y Materiales, a los Servicios de Prensa y Comunicación, de Escribanía, de Conservación del Palacio, Internos del Palacio, de Relaciones Públicas y téngase presente.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-