Resolución N° 2940/04
Nro de Expediente:
2220-000687-04
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
28/6/2004


Tema:
EXONERACIONES - PATENTE DE RODADOS

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo un Proyecto de Decreto facultando a la Intendencia Municipal de Montevideo para exonerar a la Asociación Civil Sociedad de San Francisco de Sales (Padres Salesianos), del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad por el ejercicio 2004.

Montevideo, 28 de Junio de 2004.-
 
        VISTO: la gestión de la Asociación Civil Sociedad de San Francisco de Sales, (Padres Salesianos) solicitando exoneración de pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrones Nos. 420.347, 424.726, 439.513, 904.978, 418.205, 420.792, 431.273, 472.044, 472.081, 487.867, 476.369, 426.636, 465.315, 989.447, 963.136, 978.507, 919.615, 504.653, 936.218 y 978.354;
        RESULTANDO: 1o.) que la mencionada Sociedad ha sido beneficiada con la franquicia fiscal, por los ejercicios 2002 y 2003, según Decreto No. 30.610 de 12 de febrero de 2004, promulgado por Resolución No. 743/04 de 1o. de marzo de 2004 y Resolución Interna No. 188/04/2000 de 22 de marzo de 2004;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Vehiculares informa que no han surgido normas que modifiquen la situación de obrados, lo que posibilitaría acceder a lo impetrado por el ejercicio 2004 con excepción del padrón No. 504.653 que le corresponde exonerar desde la fecha de su empadronamiento mayo 2004, padrón No. 936.218 a partir del mes de agosto del 2003 y padrón No. 978.354 no le corresponde exoneración hasta tanto no realice la transferencia a nombre de la Institución;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Asesor Profesional del Departamento de Recursos Financieros expresa que no habiendo sido modificadas las condiciones objetivas y subjetivas que fundamentaron el anterior tratamiento de excepción se entiende pertinente propiciar el envío de un Proyecto de Decreto al Legislativo Comunal a los efectos de exonerar del tributo de Patente de Rodados a los padrones y por los períodos que se que mencionan y mientras los mismos continúen destinados a tal fin;
        2o.) que la División Administración Fiscal comparte lo informado precedentemente;
        3o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que dada las pautas globales de exoneración de tributos y la situación de la Intendencia Municipal de Montevideo corresponde promover una exoneración del ochenta por ciento (80%) del monto del tributo de Patente de Rodados por los ejercicios en cuestión, previa anuencia de la Junta Departamental de Montevideo, disponiendo para el veinte por ciento restante la aplicación del Art. 25o. del Decreto No. 27.803;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para exonerar a la Asociación Civil Sociedad de San Francisco de Sales (Padres Salesianos), del pago del ochenta por ciento (80%) del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad cuyos padrones, matrículas y período de exoneración se detallan:
        PADRON MATRICULA EXONERACION
        420.347 SAX 3569 2004
        424.726 SAX 3571 2004
        439.513 SAX 3576 2004
        904.978 SAS 8557 2004
        418.205 SAX 3568 2004
        420.792 SAX 3570 2004
        431.273 SAX 3565 2004
        472.044 SAS 8561 2004
        472.081 SAX 3572 2004
        487.867 SAS 8559 2004
        476.369 SAS 8554 2004
        426.636 SBB 3657 2004
        465.315 SAU 8654 2004
        989.447 SAS 8555 2004
        963.136 SAW 7395 2004
        978.507 SBA 3731 2004
        919.615 SBB 7666 2004
        504.653 SBB 2902 mayo/2004
        936.218 SAC 155 agosto/2003
        por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma aproximada de $ 173.401,00.-
        Artículo 2o.- Comuníquese.-
        2o.- Disponer para el veinte por ciento (20%) restante la aplicación del Art. 25o. del Decreto No. 27.803.-
        3o.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-