VISTO: el Decreto No. 37.557 sancionado por la Junta Departamental el 1º de octubre de 2020, por el cual de conformidad con la Resolución No. 0656/20 de 3/2/20 se faculta a este Ejecutivo para aplicar una multa de UR 108 a la señora SHARMEYN BAGLIETTO, responsable del local destinado a frutería ubicado en Av. Burgues 3551, por violación de clausura (segunda reincidencia) de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 21.626 , promulgado el 23 de abril de 1984;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Promúlgase el Decreto No. 37.557 sancionado el 1º de octubre de 2020.-
2.- Aplicar una multa de UR 108 (unidades reajustables ciento ocho) a la señora SHARMEYN BAGLIETTO, CI 4.475.884-7, RUT 21 7445640011, responsable del local destinado a frutería ubicado en Av. Burgues 3551, por violación de clausura (segunda reincidencia) de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 21.626 de 23 de abril de 1984.-
3.- Comuníquese a la Junta Departamental, al Departamento de Recursos Financieros, al Municipio C, a la División Asesoría Jurídica, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal No. 15, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca Jurídica y pase por su orden al Sector Despacho para su incorporación al registro y al Servicio de Convivencia Departamental para proseguir con los trámites pertinentes.-
|