Resolución N° 1038/09
Nro de Expediente:
1007-001974-03
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
20/3/2009


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Autorizar la rescisión de contrato con el ETM HIDROSUD S.A. para los trabajos y servicios de diseño y dirección de obra y/o ejecución del componente desarrollo barrial para el Asentamiento Isla de Gaspar y autorizar la rescisión de Convenio de Preinversión y Seguimiento.-

Montevideo, 20 de Marzo de 2009.-
 
                  VISTO. el contrato de fecha 29 de julio de 2005 relativo a la contratación del ETM HIDROSUD S.A vinculado a los trabajos y servicios de diseño y dirección de obra y/o ejecución del componente desarrollo barrial para el Asentamiento Isla de Gaspar, respecto del cual se firmó un contrato de preinversión y seguimiento con la UCP – PIAI, con fecha 29/VII/05;
                  RESULTANDO: 1º) que luego de cumplidas las primeras etapas en la ejecución del mismo, las tareas fueron detenidas por decisión de la Intendencia Municipal de Montevideo y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, habiéndose abonado al ETM por las tareas cumplidas;
                  2º) que luego de diversas gestiones tendientes a definir los términos para rescindir el contrato relacionado, se ha arribado a un acuerdo para abonar al ETM las sumas correspondientes que establece el Pliego de Condiciones, de acuerdo al Articulo 55.3 (indemnización por rescisión por causas no imputables al ETM), relativo a la etapa en ejecución que quedó inconclusa y otras sumas accesorias, por la resolución oficial de detención de las tareas;
                  3º) que la CEEAPIAI y la UCP, se pronuncian en forma favorable a suscribir el contrato de rescisión con el ETM HIDROSUD SA en los términos expresados en la nota de fs. 1001 de estas actuaciones, siendo de cargo del Préstamo BID 1186/OC – PIAI, toda indemnización;
                  4º) que aparece como conveniente suscribir, simultáneamente, la rescisión del convenio de preinversión y seguimiento suscrito entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la UCP-PIAI con fecha 29 de julio de 2005;
                  5º) a que se han cumplido los controles contables relativos a la suma a abonar, así como la conformidad de Asesoría Jurídica sobre el procedimiento a seguir;
                  CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
                  LA INTENDENTA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
                  RESUELVE:
                  1º.- Autorizar la suscripción de la rescisión de contrato con el ETM HIDROSUD S.A., en los siguientes términos:
                  RESCISIÓN DE CONTRATO: En Montevideo, el................... entre: POR UNA PARTE: La INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO, representada por ...........con domicilio en Avenida 18 de Julio Número 1360, inscripta en el RUT. 21 17635 0018.- POR LA OTRA PARTE: HIDROSUD S.A. representada en este acto por ....................con domicilio en la calle Convención Número 1328 oficina 810 de Montevideo, inscripta en el RUT 21 026895 0016 y BPS 455697, convienen en lo siguiente: PRIMERO: (Antecedentes).- Con fecha 29 de julio de 2005 se suscribió contrato entre las partes, para la realización de los trabajos y servicios de diseño y dirección de obra y/o ejecución del componente de desarrollo barrial para el Asentamiento Isla de Gaspar, en el marco del Préstamo BID 1186/OC - PIAI.- SEGUNDO.- Por este instrumento, las partes rescinden de común acuerdo dicho contrato, mediante el pago a HIDROSUD S.A de la suma de $ 473.746,oo (cuatrocientos setenta y tres mil setecientos cuarenta y seis pesos uruguayos) por todo concepto. TERCERO.- Las partes declaran no tener reclamación alguna que formularse recíprocamente. CUARTO.- La suma indicada en la cláusula Segunda será abonada a la empresa Hidrosud S.A. por la Unidad Coordinadora del Programa PIAI - MVOTMA de acuerdo al convenio de financiamiento suscrito el 29 de julio de 2005 entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la UCP y a cuyo respecto se suscribe, con esta misma fecha, el documento correspondiente.- Y para constancia se suscriben tres ejemplares de un mismo tenor, .-
                  2º.- Autorizar la suscripción de la rescisión de convenio de Preinversión y Seguimiento en los siguientes términos:
                  RESCISIÓN DE CONVENIO DE PREINVERSION Y SEGUIMIENTO: En Montevideo, el ............ comparecen: POR UNA PARTE: El Programa de Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI), representado por .............con domicilio en Convención Nº 1366 piso 2.- POR OTRA PARTE: La INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO, representada por ....................... con domicilio en Avda. 18 de Julio Nº 1360, RUT No.21 17635 0018, quienes convienen en lo siguiente. PRIMERO (Antecedentes). Por documento suscrito el 29 de julio de 2005 las partes acordaron el financiamiento del contrato a suscribirse con el ETM HIDROSUD S.A relativo a las tareas a llevarse a cabo para la regularización del asentamiento Isla de Gaspar. SEGUNDO: Por este instrumento las partes rescinden el contrato relacionado en la cláusula anterior, obligándose la UCP-PIAI a abonar al ETM HIDROSUD S.A la suma de $ 473.746,oo (cuatrocientos setenta y tres mil setecientos cuarenta y seis pesos uruguayos) por todo concepto, en el marco de lo establecido en el Pliego de Condiciones y a efectos de cumplir con las obligaciones asumidas en la rescisión de contrato suscrita en esta misma fecha entre la Intendencia Municipal de Montevideo y el ETM HIDROSUD S.A.- TERCERO. Las partes declaran no tener reclamación alguna que formularse recíprocamente. Y para constancia se firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha indicados.-
                  3º.- Comuníquese al Secretaría General para su transcripción al Programa de Integración de Asentamientos Irregulares de la OPP, a los Departamentos de Recursos Financieros, de Acondicionamiento Urbano, a la Contaduría General, al Servicio de Escribanía y pase a la Comisión Especial Ejecutora de Atención al PIAI.-
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta Municipal (I).-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I.).-