Resolución N° 878/00
Nro de Expediente:
191088
 
ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Y COMERCIALES
Fecha de Aprobación:
13/3/2000


Tema:
PERMISOS QUIOSCOS

Resumen:
Otorgar a la Sra. MARIA DEL CARMEN OLIVERA, C.I. Nº 1.718.452-4, permiso para la instalación y explotación de un quiosco fijo ubicado en la calle Isabela esquina Av. Gral. Flores

Montevideo, 13 de Marzo de 2000.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la gestión presentada por la Sra. María del Carmen Olivera;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma, solicita permiso para la instalación y explotación de un quiosco fijo ubicado en la calle Isabela esquina Av. Gral. Flores;
        2o.) que consultados la División Tránsito y Transporte y el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, no manifiestan inconvenientes en acceder a la presente solicitud;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Gestión Comercial del Departamento de Actividades Productivas y Comerciales eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución, otorgando el permiso precario y revocable, estableciendo las condiciones para el funcionamiento del mismo;
        2o.) lo dispuesto por Resolución Nº 2383/95 de 10 de julio de 1995, y su modificativa Nº 2721/96 de 17 de junio de 1996;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Otorgar a la Sra. MARIA DEL CARMEN OLIVERA, C.I. Nº 1.718.452-4, con domicilio en Euskalerría CH 70 Block 6 Apto. 502, permiso para la instalación y explotación de un quiosco fijo ubicado en la calle Isabela esquina Av. Gral. Flores, según gráfica de fs. 10, de acuerdo a las siguientes condiciones:
        a) regirán para el permiso de que trata, lo dispuesto en los Art. R.1184 al Art. R.1297.1 -Título III, Capítulo I, Sección I- del Volumen X, del Digesto Municipal;
        b) el permisario deberá abonar:
        cuota mensual...............U.R. 4.-
        cuota anual...................U.R. 23.-
        c) el permiso otorgado es de carácter precario y revocable y no podrá ser transferido total ni parcialmente, sin la autorización previa y escrita de la I.M.M., la que se reserva el derecho de aceptar y rechazar el traspaso.
        d) deberá formalizar ante la Tesorería General un depósito en carácter de garantía de fiel cumplimiento de sus obligaciones, equivalente a seis veces el importe marcado como mensualidad.
        e) la ubicación y estructura del quiosco deberá contar con el visto bueno del Servicio Centro Comunal Zonal respectivo, señalándose. Se hace constar que fuera del mismo no se podrá incluír ninguna otra construcción
        2.- Comuníquese al Departamento de Descentralización; a la División Tránsito y Transporte; al Servicio Central de Inspección General y pase a la División Gestión Comercial del Departamento de Actividades Productivas y Comerciales para notificación de la interesada y demás efectos.
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-