Resolución N° 1516/99
Nro de Expediente:
1001-010731-99
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
30/4/1999


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se otorga a PROSECO S.A. y a UTE el permiso para el emplazamiento de una estructura de sustentaciòn de antenas en la azotea del Hospital de Clínicas.-.

Montevideo, 30 de Abril de 1999.-
 
          VISTO: la gestión de PROSECO S.A., (Proyectos Servicios y Comunicaciones S.A.) solicitando autorización para instalar una estructura de sustentación de antenas en la azotea del Hospital de Clínicas;
          RESULTANDO: 1o.) que la titular de la instalación referida es la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), la que adjudicó los trabajos de colocación, mediante licitación pública, a PROSECO S.A., bajo supervisión del Sector Comunicaciones y Telecontrol del mencionado Ente estatal;
          2o.) que la estructura consiste en un mástil arriostrado de 42 metros sobre nivel de azotea, en sección de triángulo equilátero de 1.100 mm entre ejes de montantes, el que se apoyará en pilares de la estructura existente para efectuar la descarga en condiciones admisibles, contando con balizamiento acorde con la normativa de la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica;
          3o.) que para el cálculo y diseño se consideró una velocidad característica de viento de 158 km/h, y una velocidad de viento en el tope del mástil de 182 km/h las normas EIA/TIA 222 F ("Structural Standards for Steel Antena Towers and Antena Supporting Structures") y AISC Specification for the Design Fabrication and Erection of Structural Steel for Buildings para la estructura metálica y DIN 1045 ("Hormigón y Hormigón Armado - Cálculo y Realización") para la estructura de hormigón armado;
          CONSIDERANDO: 1o.) que UTE, a requerimiento de la Comisión especial creada por el artículo 8o. del Decreto Departamental No. 24.314, de 3 de octubre de 1989, aportó documentación referente al convenio que suscribió el 2 de diciembre del pasado año con la Universidad de la República y por cuyos términos ésta autorizó a aquel Ente el uso de la azotea del Hospital de Clínicas, para la instalación de un mástil para colocar antenas de comunicación;
          2o.) que por dicho convenio, la Universidad asumió la responsabilidad por los daños y perjuicios que puedan derivarse de la ejecución del convenio para el Hospital o frente a terceros, salvo que sean ocasionados por defectos en la instalación o por inadecuado manejo de los equipos, en cuyo caso son asumidos por UTE;
          3o.) que PROSECO S.A., igualmente a solicitud de la Comisión mencionada, estableció que el profesional ingeniero responsable del proyecto y la instalación es el Ing. Ruben Fernández del Castillo, certificante de las condiciones de seguridad de la instalación;
          4o.) que expresó igualmente la firma gestionante que el servicio de mantenimiento de la instalación estará a su cargo por un año, debiendo posteriormente la propietaria del mástil (UTE) establecer el programa de mantenimiento;
          5o.) que, con los elementos existentes, la Comisión especial antes referida entiende que puede autorizarse la colocación de la estructura de que se trata, con obligación de informar anualmente sobre el estado de seguridad del mismo;
          6o.) lo establecido en el Decreto Departamental No. 24.314, en su artículo 1o., literal B);
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Otorgar a PROSECO S.A. -en su carácter de empresa instaladora- y a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) -en tanto titular de la construcción-, el permiso para el emplazamiento de una estructura de sustentación de antenas en la azotea del Hospital de Clínicas, de acuerdo con las especificaciones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución, y en las condiciones establecidas en el artículo 1o. literal B, del Decreto Departamental No. 24.314.-
          2. PROSECO S.A. y UTE deberán informar a la Intendencia Municipal de Montevideo sobre el estado de la instalación y las tareas de mantenimiento de la misma con una periodicidad semestral.-
          3. Líbrese nota a la Universidad de la República, comuníquese a la Junta Local de la Zona No. 4 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación a la gestionante.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-