Resolución N° 3483/21
Nro de Expediente:
2018-0014-98-000020
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
13/09/2021


Tema:
CONVENIOS/CONTRATOS

Resumen:
PRÓRROGA DE CONVENIO. SE CONVALIDA LO ACTUADO Y SE PRORROGA EXCEPCIONALMENTE EL CONVENIO DE DONACIÓN MODAL SUSCRITO EL 27 DE DICIEMBRE DE 2018 CON LA SOCIEDAD DE SAN FRANCISCO DE SALES (PADRES SALESIANOS) EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LA RESOLUCIÓN Nº 3367/18 DE 30 DE JULIO DE 2018 Y RENOVADO POR RESOLUCIÓN Nº 1397/21 DE 7 DE ABRIL DE 2021, HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2022.-

Montevideo, 13 de Setiembre de 2021.-
 

                         VISTO: que por Resolución No. 3367/18 de 30 de julio de 2018, se aprobó el texto del convenio de donación modal con la Sociedad de San Francisco de Sales (Padres Salesianos) que fue suscrito el 27 de diciembre de 2018, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral, como primera experiencia educativa – laboral, dirigido a jóvenes de 18 a 29 años en condiciones de vulnerabilidad socio económica para realizar tareas de barrido dentro del territorio del Municipio CH;

                         RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 1397/21 de 7 de abril de 2021 se dispuso renovar a partir del 1º de enero de 2021 y hasta el 30 de junio de 2021 el referido convenio de acuerdo con lo establecido en la cláusula cuarta;

2o.) que el Municipio CH en sesión de 12/5/21 definió por unanimidad prorrogar el convenio hasta el 28 de febrero de 2022 para continuar con las tareas de barrido en la zona del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5;

3o.) que el 18 de junio del año en curso se efectuó la Solicitud de Preventiva SEFI No. 239164 por la suma de $ 18:000.000,oo, para cubrir la prorroga del convenio desde el 1/7/2021 al 31/12/2021;

4o.) que el 25/6/21 la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;

                         CONSIDERANDO: 1o.) que de acuerdo con el artículo 16 apartado IV y el 24 apartado IX del Decreto Nº 33.209 de 28 de diciembre de 2009 corresponde a los Gobiernos Municipales adoptar las medidas que entienda necesarias para el cumplimiento de los cometidos municipales así como realizar convenios con organizaciones e instituciones para la elaboración y gestión de proyectos del interés comunitario en el marco de sus competencias;

2o.) los informes del Sector Compras y Presupuesto del Municipio CH, y del abogado asesor del Municipio, de fechas 13 y 17 de agosto pasados;

3o.) que en fecha 23/08/2021 el Gobierno Municipal expresa que se trataría de una prórroga excepcional y hasta tanto se definan los detalles y modalidad contractual para la realización de un nuevo llamado (en los que se trabaja actualmente), dado que no resulta posible suspender el servicio de que se trata;

4o.) que se entiende pertinente dictar resolución en el sentido indicado;


LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Convalidar lo actuado y prorrogar excepcionalmente el convenio de donación modal suscrito el 27 de diciembre de 2018 con la Sociedad de San Francisco de Sales (Padres Salesianos) en los términos establecidos en la Resolución Nº 3367/18 de 30 de julio de 2018 y renovado por Resolución Nº 1397/21 de 7 de abril de 2021, hasta el 28 de febrero de 2022.-

2.- Establecer que la suscripción de la prórroga del convenio de donación modal de referencia estará a cargo del Municipio CH de conformidad con el artículo 16 apartado IV y el artículo 24 apartado IX del Decreto 33.209 de 28 de diciembre de 2009.-

3.- Indicar que la erogación de $ 18:000.000,oo (pesos uruguayos dieciocho millones) será atendida con cargo a la solicitud de preventiva SEFI No. 239164 de 18/6/21.-

4.- Establecer que el Municipio CH deberá convocar un procedimiento competitivo de contratación, a los efectos de la prestación del servicio de que se trata a partir del 1º de marzo de 2022.-

5.- Comuníquese a la Sociedad de San Francisco de Sales (Padres Salesianos), al Departamento de Recursos Financieros, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a la Oficina de Ejecución Presupuestal del Departamento de Secretaría General, al Servicio de Escribanía y pase a la Contaduría General para el contralor preventivo y al Municipio CH a sus efectos.-

 

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-