Resolución N° 824/06
Nro de Expediente:
5220-003029-06
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
6/3/2006


Tema:
PROYECTOS DE DECRETOS

Resumen:
Se remite a consideración de la Junta Departamental de Montevideo proyecto de decreto para facultar a la IMM a aplicar una multa de U.R. 71 al Sr. Gabriel Golman Carucero, responsable de la obra en construcción ubicada en Oscar Gestido 2824, por reincidencia en continuación de obras sin permiso.-

Montevideo, 6 de Marzo de 2006.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General, relacionadas con la obra en construcción ubicada en Oscar Gestido 2824, cuyo responsable es el Sr. Gabriel Golman Carucero, C.I. 1.994.228-7, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 478/05/1000, de 30/12/05, se aplicó al responsable de la obra en construcción de que tratan estos obrados, una multa de U.R. 54, por ejecutar obras sin el Permiso Municipal correspondiente, disponiendo la paralización de las mismas hasta tanto se obtuviera la debida autorización;
        2o.) que el 14/2/06 por Orden de Servicio N° 332838, el Servicio Central de Inspección General informa que al momento de realizarse la inspección en la obra se encontraban trabajando 4 obreros, por lo que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 71, por infringir lo dispuesto por el Art. 24 del Decreto N° 21.626 (violación de paralización de obras, reincidencia);
        3o.) que en la misma fecha, la Dirección del Servicio Central de Inspección General, eleva las actuaciones de conformidad, sugiriendo la aplicación de la multa que se indica;
        CONSIDERANDO: 1o.) que en aplicación a lo preceptuado por Resolución No. 477/87, de 22/1/87, ratificada por Resolución Nº 2.244/94, de 5/7/94, para las multas comprendidas entre U.R. 70 y U.R. 210, corresponde previo a su aplicación solicitar anuencia al Deliberativo Comunal, quien deberá otorgarla por mayoría absoluta de votos de sus integrantes;
        2o.) que el Decreto Nº 23.708, de la Junta Departamental de Montevideo, promulgado por Resolución Nº 8.752/87 de 28/9/87, fija en Unidades Reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta los máximos autorizados por las disposiciones vigentes en la materia;
        3o.) que la Secretaría General estima procedente dictar resolución en tal sentido;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo lº.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para aplicar una multa de U.R. 71 (Unidades Reajustables setenta y una) al Sr. Gabriel Golman Carucero, C.I. 1.994.228-7, responsable de la obra en construcción ubicada en Oscar Gestido 2824, con igual domicilio a los efectos legales, por violación de la disposición de paralización de obras dispuesta, transgrediendo la normativa municipal vigente.-
        Artículo 2º.- Comuníquese.-
        2.- Comuníquese a los Servicios Gestión de Contribuyentes y Central de Inspección General y cúmplase lo dispuesto en el numeral 1º.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-