Resolución N° 4251/01
Nro de Expediente:
8552-000980-01
 
JURIDICO
Fecha de Aprobación:
6/11/2001


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por la Sra. Susana Stelzer, atribuyéndose la representación de JOYERIA UNION LTDA, contra la Resolución Nº 328/01, dictada el día 25 de mayo de 2001, por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.-

Montevideo, 6 de Noviembre de 2001.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio interpuestos por la Sra. Susana Stelzer, atribuyéndose la representación de JOYERIA UNION LTDA, contra la Resolución Nº 328/01, dictada el día 25 de mayo de 2001, por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional;
        RESULTANDO: 1º) que por dicho acto se dispuso dejar sin efecto lo dispuesto por el numeral 2º de la Resolución Nro. 173/00/2500, de 17 de octubre de 2000, dictada por esa Dirección General, que autorizaba la reubicación en Av. 8 de Octubre frente a los Nros. 3618 y 3618 bis, del puesto de venta callejera Nº 223;
        2º) que la reclamante sostiene que el puesto instalado obstruye la visualidad de sus escaparates, que la decisión administrativa menoscaba su situación comercial y viola el principio de igualdad y los derechos de seguridad, trabajo y propiedad;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, confirmó la recurrida por Resolución Nº 758/01 del 21 de setiembre de 2001;
        2º) que el informe de fs. 16 consigna que el emplazamiento de los puestos callejeros no requiere la autorización del comercio instalado y que la ubicación de aquellos queda en la órbita discrecional de la Administración, por lo que el acto cuestionado no resulta reñido con la normativa vigente;
        3º) que el Departamento Jurídico, de conformidad, estima que debería dictarse resolución manteniendo la recurrida;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por la Sra. Susana Stelzer, atribuyéndose la representación de JOYERIA UNION LTDA, contra la Resolución Nº 328/01, dictada el día 25 de mayo de 2001, por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.-
        2°.- Pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para notificación a la interesada y al Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, para su archivo.-
ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-