Resolución N° 5065/13
Nro de Expediente:
5220-033727-13
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
4/11/2013


Tema:
PROYECTO DE DECRETO

Resumen:
Se remite a consideración de la Junta Departamental de Montevideo Proyecto de Decreto para aplicar una multa de U.R. 135 a la empresa Sevel Uruguay S.A. propietaria de la obra ubicada en Av. Gral. José María Paz 1305 por violación de la paralización de las obras (tercera reincidencia).-

Montevideo, 4 de Noviembre de 2013.-
 
        VISTO: estas actuaciones iniciadas por el Servicio Central de Inspección General expresando que ha comprobado la ejecución de obras de construcción sin permiso en el padrón No. 64405, ubicado en Av. Gral. José María Paz 1305, propiedad de la empresa Sevel Uruguay S.A., disponiéndose la paralización de obra;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 553/13/1000 se aplicó una multa de U.R. 54 por infringir lo dispuesto en el Art. 24 del Decreto No. 21.626 (violación de clausura) aplicándose posteriormente por Resoluciones Nos. 4382/13 de 30/9/13 y 4774/13 de 21/10/13 multas de U.R. 81 y U.R. 108, respectivamente, en carácter de primera y segunda reincidencia;
        2o.) que el 30/8/13 el Servicio Central de Inspección General informa que en inspección realizada el 1/8/13, Orden de Servicio Nº 353080, nuevamente se constató que continúan desarrollándose actividades razón por la cual solicita el dictado de resolución para aplicar una multa de U.R. 135 en carácter de tercera reincidencia;
        3o.) que la Prosecretaría General propicia el dictado de la correspondiente resolución;
        CONSIDERANDO: 1o.) que de acuerdo con los términos de la Resolución No. 477/87 del 22/1/87 y la Ley Orgánica No. 9.515 del 28/10/35 en su Art. 19, numeral 30, por las multas mayores a 70 U.R. corresponde, previo a su aplicación, solicitar anuencia a la Junta Departamental;
        2o.) que el Decreto N° 23.708, de la Junta Departamental de Montevideo, promulgado por Resolución N° 8752/87, de 28/9/87, fija en Unidades Reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta los máximos autorizados por las disposiciones vigentes en la materia;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO:
        Artículo 1o. Facúltase a la Intendencia de Montevideo para aplicar una multa de U.R. 135 (UNIDADES REAJUSTABLES CIENTO TREINTA Y CINCO) a la empresa Sevel Uruguay S.A., RUT 21 0276940016, propietaria de la obra ubicada en Av. Gral. José María Paz 1305, padrón No. 64405, por violación de la paralización de las obras (tercera reincidencia).-
        Artículo 2o. Comuníquese.-
        2.- Comuníquese al Servicio Central de Inspección General y cúmplase lo
        dispuesto en el numeral 1o.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-