Resolución N° 317/18
Nro de Expediente:
2018-4610-98-000002
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
15/1/2018


Tema:
REGLAMENTOS

Resumen:
Aprobar el Reglamento que regirá el Concurso de Corsos Barriales del Carnaval 2018.-

Montevideo, 15 de Enero de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el Reglamento del Concurso de Corsos Barriales del Carnaval 2018;
        RESULTANDO: que la Gerencia de Festejos y Espectáculos eleva para su aprobación el proyecto del mismo el cual se adjunta;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende pertinente el dictado de resolución;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el siguiente Reglamento que regirá el Concurso de Corsos Barriales del Carnaval 2018:
        REGLAMENTO DE CORSOS BARRIALES CARNAVAL 2018
        El Departamento de Cultura a través de la Gerencia de Festejos y Espectáculos y los Municipios de Montevideo realiza los Concursos de Corsos Barriales de Carnaval 2018 (Carnaval Descentralizado), los que se efectuarán de acuerdo a lo dispuesto en el presente reglamento.
        Artículo 1º.- Los Corsos barriales serán organizados por las Comisiones de Carnaval y/o Comisiones de Cultura y/o vecinos avalados por los Municipios. Dichas Comisiones en acuerdo con los Centros Comunales Zonales, los Municipios y la Gerencia de Festejos y Espectáculos, decidirán el recorrido de los corsos y las fechas correspondientes. Contarán con el apoyo de infraestructura de la Gerencia de Festejos y Espectáculos, de la División Transito y Transporte (cortes de calles), el Servicio de Inspección General (servicio policial) y de los Municipios, cuyos trámites (pedidos de vallas, cortes de calles, transporte para los conjuntos, servicio policial, podas, UTAP) deberán ser efectuados vía "ventanilla única" de Inspección General a través de los distintos Centros Comunales Zonales.
        Podrán participar todos los grupos y personas que deseen inscribirse, así como aquellos Conjuntos y Carros Alegóricos cuyo/a responsable pertenezca a la zona del corso y aquellos Conjuntos que no concursen en el Concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas del Teatro de Verano, en el Desfile de Llamadas, en el Desfile de Escuelas de Samba, en el Carnaval de las Promesas o en el Encuentro de Murga Joven.
        Artículo 2º.- Se disputarán en cada Corso los siguientes premios:
        CATEGORÍA DE ADULTOS
        a) Carros Alegóricos – Realizados artesanalmente resaltando la creatividad y el colorido de él.
        b) Figura del Corso – Vecino o vecina del Zonal, que demuestre mayor originalidad, espíritu carnavalesco, vinculación con el público.
        c) Conjuntos - Según lo establecido en el Artículo 1º del presente reglamento (Murgas, Escuelas de Samba, Revistas, Parodistas, Humoristas y Sociedad de Negros y Lubolos). Los conjuntos no podrán tener mas de 1/3 del total de sus componentes menores de 18 años de edad cumplidos al 21 de enero de 2018.
        CATEGORÍA INFANTIL
        (Desde 5 años al 21 de enero del 2018 hasta 17 años al 31 de marzo del 2018).
        a) Figura del Corso – Vecino o vecina del Zonal, el cual demuestre mayor originalidad, espíritu carnavalero, vinculación con el público.
        b) Conjuntos - Murgas, Escuelas de Samba, Revistas, Parodistas, Humoristas, Sociedad de Negros y Lubolos.
        Artículo 3º.- Entre todos los Corsos barriales (menos el ganador del año anterior) se elegirá el mejor Corso barrial. Este premio no será monetario y será anunciado junto a las Menciones Especiales del Concurso Oficial de Carnaval.
        Artículo 4º.- Los y las Jurados encargados/as de dictaminar en estos concursos, a excepción del que definirá sobre el mejor Corso, se integrará por la cantidad de miembros que estime conveniente cada Comisión Organizadora, teniendo que ser siempre un número impar y su fallo será inapelable.
        Artículo 5º.- El Jurado encargado de dictaminar en el Concurso del mejor Corso estará integrado por tres miembros titulares y tres alternos, los y las que deberán permanecer en el Corso hasta que haya desfilado el último de los conjuntos participantes, debiendo la Comisión Organizadora brindarle el espacio adecuado para que puedan desempeñar su tarea con comodidad. Dichos Jurados serán designados/as por la Comisión del Corso ganador del año anterior y avalados por el Municipio correspondiente y no podrán tener vínculos familiares entre si.
        Artículo 6º.- Para emitir su veredicto, los y las Jurados deberán tener especialmente en cuenta:
        a) Creatividad.
        b) Participación festiva y vinculación con el público.
        c) Organización.
        d) Originalidad.
        La puntuación del jurado, en cada uno de los ítems será entre 1 y 15 puntos.
        *En caso de que por la suma de puntos haya empate, el jurado deliberará hasta que solo uno sea el elegido.
        Artículo 7º.- Los premios a adjudicarse en este concurso se ajustarán al siguiente detalle:
        CATEGORÍA DE ADULTOS:
        Premio al mejor Carro Alegórico: $ 18.000,00
        Premio al mejor Conjunto: $ 26.000,00
        Premio a la Figura del Corso: Será de cuenta y cargo del zonal (no efectivo)
        CATEGORÍA INFANTIL:
        Premio a la Figura: Será de cuenta y cargo del zonal (no efectivo)
        Premio Conjuntos: Será de cuenta y cargo del zonal (no efectivo)
        El Jurado Zonal actuante en cada Corso deberá tener en cuenta, para el premio al mejor conjunto, a todos los participantes, independientemente de su categoría y podrá declarar los premios compartidos entre las categorías que concursen (con excepción de la mejor Figura) o en su defecto declararlos desiertos si así lo entendiese.
        Cumplidas las formalidades de presentación del Acta y los documentos correspondientes, los premios al mejor Carro Alegórico y al mejor Conjunto se harán efectivos a partir de los 40 (cuarenta) días hábiles de la fecha del último Corso.
        Para una mayor efectividad, en lo referente al pago de los premios, se deberá remitir el acta en donde constará el fallo del Jurado Local, a la Unidad de Festejos y Espectáculos (3er. Piso Palacio Municipal – Tels.:1950-3158 o 1950-2936) dentro de los cinco (5) días hábiles después de realizado el Corso Zonal.
        Dicha acta deberá estar acompañada de los formularios de inscripción del o los grupos y del o los carros alegóricos ganadores y fotocopia del documento de identidad del/la o los/las responsables del o los grupos o los carros alegóricos, según sea el caso.
        Se deja constancia que: ante la ausencia de algunos de estos documentos, la Unidad de Festejos y Espectáculos, dependiente de la Gerencia de Festejos y Espectáculos, no se hace responsable del atraso que se pueda generar en el pago de los premios, como también el de no poder hacerlo efectivo.
        PREMIO AL MEJOR CORSO
        Premio a determinar y entregar por la Gerencia de Festejos y Espectáculos.
        El Jurado actuante tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para emitir su fallo, de existir un empate deberán deliberar nuevamente para lograr un único ganador.
        INSCRIPCIÓN
        Artículo 8º.- Podrán participar del Corso Zonal todos los grupos y personas que deseen inscribirse. La inscripción será en el plazo estipulado por cada Comisión en acuerdo con los respectivos Centros Comunales.
        Artículo 9º.- Cada Centro Comunal Zonal habilitará una inscripción de acuerdo a las categorías detalladas en el Art. 2º., la que será entregada al Jurado en el momento de realizarse el Corso barrial. El formulario de inscripción, proporcionado por la Gerencia de Festejos y Espectáculos, deberá ser completado y firmado por quienes participen adjuntando la siguiente documentación:
        1. Fotocopia del documento de identidad (vigente) del/la o los/las responsables.
        2. Fotocopia de constancia de domicilio del/la o los/las responsables si concursan.
        3. Fotocopia del documento de identidad (vigente) de cada uno de los/las integrantes si el concursante es un conjunto.
        4. En caso de los menores deberán presentar:
        a) Nota de consentimiento del Padre, Madre o tutor de quien desfila o concursa,
        b) fotocopia de cédula del firmante,
        c) fotocopia de cédula del menor que va a desfilar o concursar,
        d) fotocopia de algún comprobante de estudio y
        e) fotocopia que certifique que el menor tiene cobertura médica.
        Aquellos grupos que participen en cualquiera de los Concursos Oficiales organizados por la Intendencia de Montevideo podrán participar en los corsos zonales solamente en carácter de invitados.
        En el momento de la inscripción se entregará a cada participante inscripto/a una copia del presente Reglamento.
        DISPOSICIONES GENERALES
        Artículo 10º.- El recorrido de los Corsos Zonales no podrá ser mayor a 0 metros (sin contar el espacio necesario para el armado y control de salida, ni para el cierre del corso). El horario de comienzo será definido por la Comisión Organizadora en acuerdo con el Centro Comunal Zonal y el Municipio correspondiente, y una vez informada la hora de inicio, esta no podrá ser modificada.
        Artículo 11º.- La Comisión Organizadora, en acuerdo con el Centro Comunal Zonal y el Municipio, será la única responsable de suspender el evento, teniendo que avisar con cuatro horas de antelación a la Unidad de Festejos y Espectáculos (teléfonos 1950-1943/1721/3158/2936).
        Artículo 12º.- La actuación de las agrupaciones durante el desarrollo del desfile se efectuará a pie durante todo el recorrido.
        Artículo 13º.- Todos los y las participantes deberán presentarse en forma obligatoria 45 (cuarenta y cinco) minutos antes del horario fijado para su salida en el lugar que la comisión organizadora les haya designado.
        En caso de que uno (1) de los Conjuntos se retrase por más de 30 (treinta) minutos al momento de su largada, pasará automáticamente al lugar designado por la Comisión Organizadora, y si su retraso fuera de más de 60 (sesenta) minutos la Comisión podrá no permitirle desfilar.
        Artículo 14º.- Los aspectos no contemplados en este Reglamento serán resueltos en acuerdo entre las Comisiones (avaladas por los Municipios) y un representante del Municipio.
        Artículo 15º.- Por el solo hecho de participar, todos los y las concursantes declaran que conocen y aceptan en todos sus términos lo establecido en este Reglamento.
        2.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y Secretaría General; a la División Información y Comunicación; a la Gerencia de Festejos y Espectáculos; a todos los Municipios y Centros Comunales Zonales; a la Oficina Gestión Presupuestal del Departamento de Cultura y pase a la Unidad Festejos y Espectáculos.-
OSCAR CURUTCHET, Intendente de Montevideo (I).-
CHRISTIAN DI CANDIA, Secretario General (I).-