Resolución N° 2767/08
Nro de Expediente:
6320-002610-05
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
23/6/2008


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se modifica la Cláusula Cuarta, de la renovación del Convenio suscrito entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Asociación Civil "Acción Promocional 18 de Julio", aprobado por Resolución No. 3993/06.

Montevideo, 23 de Junio de 2008.-
 
      VISTO: que por Resolución 1319/08 de fecha 31 de marzo de 2008, se aprobó la renovación de la Donación Modal, del Convenio suscrito entre la Intendencia Municipal de Montevideo y Asociación Civil "Acción Promocional 18 de Julio", cuyo objetivo es el mantenimiento de los taludes de piedra del Arroyo Miguelete;
      RESULTANDO: 1o.) que la Cláusula Cuarta "Aceptación y Plazo", expresa que "La Asociación acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir de la firma del presente y por el plazo de 1 año";
      2o.) que la adecuación del contrato, al realizarse la renovación, se debió a que hubo un ajuste de precios como resultado de la reprogramación de la prestación, el que se concretó a partir del 25 de enero de 2008, fecha de finalización del contrato suscrito con fecha 25 de enero de 2007;
      3o.) que habiendo sido automática en los hechos la renovación, corresponde adecuar la Cláusula Cuarta de la renovación, estableciendo que rige a partir del 25 de enero de 2008;
      CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, entiende conveniente modificar la Cláusula Cuarta, en lo que respecta al inicio de la renovación;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1o.-Modificar la Cláusula Cuarta "Aceptación y Plazo", de la renovación del Convenio aprobado por Resolución No. 1319/08 de fecha 31 de marzo de 2008, la que quedará redactada de la siguiente manera: "CUARTO: Aceptación y Plazo. La Asociación acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir del 25 de enero de 2008.", convalidando lo actuado con anterioridad a esta fecha, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
      2o.-Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y Descentralización, a la Asesoría Jurídica, a la División Saneamiento, a los Servicios de Escribanía y Operación y Mantenimiento de Saneamiento, a la Unidad de Convenios del Departamento de Desarrollo Social, a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental y pase a Contaduría General para contralor del gasto; cumplido, pase al Departamento de Desarrollo Ambiental.
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-