Resolución N° 1041/10
Nro de Expediente:
3180-002123-08
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
15/3/2010


Tema:
DONACIÓN MODAL

Resumen:
Se promueve donación modal con el Instituto Mujer y Sociedad con el objetivo de dar continuidad a los servicios de asesoramiento y patrocinio jurídico a mujeres en el marco del Programa ComunaMujer.

Montevideo, 15 de Marzo de 2010.-
 
        VISTO: que la Secretaría de la Mujer eleva estas actuaciones tendientes a lograr un acuerdo promoviendo una donación modal con la Sociedad Civil Instituto Mujer y Sociedad;
        RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se persigue la continuación de los servicios de asesoramiento y patrocinio jurídico a las mujeres, en el marco del Programa ComunaMujer, comprendidas en las Zonas Nos. 8, 10, 11, 12, 17 y 18 de Montevideo, así como un servicio de guardias durante el mes de enero en distintas zonas del departamento;
        2o.) que el gasto emergente será atendido con cargo a la solicitud SEFI No. 124379;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Políticas Sociales se expresa de conformidad;
        2o.) que la Asesoría Jurídica formula observaciones al texto propuesto que son recogidas en el texto propuesto;
        3o.) que Dirección General del Departamento de Desarrollo Social estima pertinente dictar resolución en tal sentido;
        4o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Convalidar lo actuado y aprobar el siguiente proyecto de Donación Modal a suscribirse entre esta Comuna y la Sociedad Civil Instituto Mujer y Sociedad en los siguientes términos: DONACIÓN MODAL: En Montevideo, a los............., del año dos mil .............., POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo, en adelante, la Intendencia, con domicilio en esta ciudad en Avda. 18 de Julio No. 1360, inscrita en el Registro Único Tributario con el No. 211763350018, representada en este acto por ..................... y POR OTRA PARTE: La Sociedad Civil "Instituto Mujer y Sociedad", en adelante la Institución, inscripta en el Registro Único Tributario con el No. ........................., representada en este acto por ................. en su/s calidad/es de ...................,con domicilio en la calle Juan Manuel Blanes No 1231, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: I) La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la Secretaría de la Mujer de la Intendencia desarrolla en el Programa ComunaMujer. Las ComunaMujer son espacios de participación local de las mujeres, donde pueden desarrollar iniciativas propias así como garantizar actividades en coordinación con los equipos sociales zonales y con la Secretaría de la Mujer de la Intendencia. Dentro de las actividades se realizan jornadas educativas vinculadas a los problemas específicos planteados en mayor frecuencia por las mujeres jóvenes y adultas sobre temas tales como: Derechos, Violencia, Salud, Educación; II) La Institución es una Sociedad Civil, sin fines de lucro, fundada en 1986 que brinda asistencia jurídica y psicológica a mujeres de bajos recursos y a víctimas de violencia. A través de su Departamento Jurídico presta asesoramiento y asistencia en juicios, en denuncias frente a Comisarías y Juzgados realizando el correspondiente acompañamiento por parte de abogados/as de la Institución.- SEGUNDO: OBJETO: La Intendencia dona a la Institución la suma de $ 863.506 (pesos uruguayos ochocientos sesenta y tres mil quinientos seis) y se entregará de la siguiente forma: en 2 (dos) partidas iguales de $ 431.753 (pesos uruguayos cuatrocientos treinta y un mil setecientos cincuenta y tres) cada una, venciendo la primera en el mes de enero y la segunda en el mes de abril de 2010. TERCERO: MODO: A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación, detallados en el apartado I de la Cláusula Primera, la Intendencia impone a la Institución el cumplimiento del siguiente modo: I) prestar asistencia letrada en juicios en todas las instancias y asistencia extrajudicial en distintas áreas del derecho en las Zonas: Nos. 8, 10, 11, 12, 17 y 18, prestación de un servicio de guardia durante el mes de enero en la Zona No. 12; a las zonas referenciadas se incorporan las comprendidas en la Región Centro, y en la zona No. 3 se atenderán a beneficiarias provenientes de las zonas Nos. 1, 2, 3, 4, 5 y 16, el servicio permanecerá por el mes de enero. II) Hacerse cargo de cubrir los gastos de personal, administración y gastos institucionales, que implique la instrumentación de los servicios; III) El servicio será brindado por un equipo estable de profesionales para cada zona, integrado por un/a abogado/a y un/a procurador/a, quienes podrán ser suplidos en caso de enfermedad, maternidad y otras causas de fuerza mayor de acuerdo a una lista presentada ante la Secretaría de la Mujer; IV) Los Servicios Jurídicos prestarán un horario de atención de seis horas semanales en cada ComunaMujer; V) La Institución contratará un/a coordinador/a de los servicios quien asumirá el vínculo y la coordinación necesaria entre los seis equipos profesionales y entre éstos y la Secretaría de la Mujer. Será responsable, en acuerdo con la Secretaría de la Mujer, de la elección, seguimiento, evaluación de la labor de los equipos técnicos, así como de decidir los cambios necesarios en caso que corresponda. Asimismo, procurará la buena integración de los servicios dentro de las zonas y la coordinación entre éstos y los recursos comunitarios preexistentes. La Coordinadora dedicará diecisiete horas semanales en su labor, y prestará un servicio de guardias durante el mes de enero en las Zonas Nos. 12 y 13; y VI) llevar los registros contables y presentar rendición de cuentas dentro de los diez días de finalizado cada mes, respecto de las partidas recibidas; las mismas deberán ser rendidas mediante informe de revisión limitada de los gastos efectuados conforme al texto aprobado por Resolución No. 5375/08 de la Intendencia, provistas de la documentación correspondiente que deje constancia del cumplimiento con los diferentes aportes a los organismos públicos y demás obligaciones legales que correspondan, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con el destino previsto por esta donación, en la forma y condiciones que determine el Servicio Unidad Central de Auditoría Interna de la Intendencia. La no presentación de la rendición de cuentas correspondiente a la partida anterior habilitará a la Intendencia a retener las cuotas siguientes.- CUARTO: ACEPTACIÓN Y PLAZOS: La Institución acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir del 1o. de enero y hasta el 30 de junio de 2010.- QUINTO: CONTRALOR DEL CUMPLIMIENTO DEL MODO: La Intendencia controlará que: I) el cumplimiento de la ejecución del modo sea realizado por la Coordinadora Ejecutiva y su Equipo Técnico, los que solicitarán informes periódicos a los efectos de la evaluación correspondiente; II) las rendiciones de cuentas sean presentadas de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula Tercera, numeral V); y III) la Institución cumpla con toda la legislación nacional y municipal vigente en lo que tiene que ver con la relación que ella trabe con los individuos seleccionados para realizar las tareas encomendadas, por lo cual la constatación de su incumplimiento en cualquier aspecto habilita a la Intendencia a la inmediata rescisión del contrato. SEXTO: RESPONSABILIDAD DE LA INSTITUCIÓN: La Institución asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación laboral trabada entre ésta y los profesionales y otros participantes del programa, así como las obligaciones que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales, respecto de las cuales la Intendencia es por completo ajena. Asimismo la Institución indemnizará en caso de daños materiales o personales causados a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa, por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas.- SÉPTIMO: MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial ó extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto ó hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- OCTAVO: RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de la Institución, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la Intendencia. Se considerará que la Institución ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de diez días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la Intendencia, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la substanciación del procedimiento administrativo en la Intendencia, que la Institución declara conocer y aceptar.- NOVENO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.- DÉCIMO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación ó intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización.- DÉCIMO PRIMERO: REPRESENTACIÓN: La Institución acredita la representación invocada según certificado expedido el día ........... por el escribano ...............que se exhibe en este acto.- En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2.- Delegar en la Directora General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de suscribir la donación modal que por el numeral anterior se aprueba.-
        3.- El gasto emergente será atendido con cargo a la solicitud SEFI No. 124379.-
        4.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Descentralización, a la Asesoría Jurídica, a las Divisiones Región Centro, Región Este, Región Oeste, Comunicación y Políticas Sociales, a los Servicios de Escribanía y Centros Comunales Zonales Nos. 1, 2, 3, 4, 5, 8, 10, 11, 12, 16, 17 y 18, a las Unidades Central de Presupuesto y de Auditoría Interna, y pase a la Secretaría de la Mujer a sus efectos.-
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE BASSO, Secretario General.-