Resolución N° 468/07
Nro de Expediente:
1060-004193-06
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
6/2/2007


Tema:
MULTAS

Resumen:
Proyecto de Decreto a la Junta Dptal, aplicar una multa de 210 U.R. a CANDELAS S.A. por remociones en la calle San Salvador entre Dr. Pablo de María y Dr. Joaquín de Salterain.-

Montevideo, 6 de Febrero de 2007.-
 
        VISTO: la infracción cometida por CANDELAS S.A., RUC 21 368744 0011, al realizar obras de remoción en la calle San Salvador entre Dr. Pablo de María y Dr. Joaquín de Salterain;
        RESULTANDO: que la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana informa que: a) dicha Empresa infringió lo dispuesto en los Artículos D.2229 y D.2219.1 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto Municipal, por falta de cajones de contención en una superficie de 42m2. y b) de acuerdo a lo establecido en el Artículo D.2241.5 de la citada fuente normativa, correspondería aplicar una multa de 210 U.R.;
        CONSIDERANDO: que en aplicación de lo preceptuado por Resolución Nº 477/87 del 22/I/87, ratificada por Resolución Nº 2.244/94 del 5/VII/94 por las multas mayores de 70 U.R., corresponde previo a su aplicación solicitar anuencia al Deliberativo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia Municipal para imponer una multa de 210 U.R. (doscientas diez unidades reajustables) a CANDELAS S.A., RUC 21 368744 0011, con domicilio en la calle Andes N° 1293, Oficina 704, por infracción a lo dispuesto en los Artículos D.2229 y D. 2229.1 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto Municipal, por remover pavimento sin autorización en una superficie de 42m2. (cuarenta y dos metros cuadrados), en la calle San Salvador entre Dr. Pablo de María y Dr. Joaquín de Salterain.-
        Artículo 2º.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal .-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-