Resolución N° 1780/15
Nro de Expediente:
3230-002236-15 3230-002241-15
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
21/4/2015


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se autoriza a Ari Chamlian en representación de los "Jóvenes Armenios del Uruguay" el uso de la Plaza Independencia el 23 de abril de 2015 a fin de llevar a cabo una marcha y un espectáculo de rock con música tradicional, en el marco de la conmemoración del genocidio armenio.-

Montevideo, 21 de Abril de 2015.-
 
        VISTO: la nota de 28 de enero de 2015 del Sr. Ari Chamlian en representación de la Organización "Jóvenes Armenios del Uruguay" por la cual solicita autorización para el uso de la Plaza Independencia el 23 de abril del presente año, con motivo de llevar a cabo una marcha y un espectáculo musical de bandas de rock, en conmemoración del Genocidio Armenio;
        RESULTANDO: 1o.) que el 30 de enero de 2015 el Municipio B de conformidad remite las actuaciones;
        2o.) que el 13 de marzo último el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño atento al interés social y cultural de la actividad propuesta, no presenta objeciones para su autorización, recomendando el cumplimiento de ciertos aspectos que constan a fs.11;
        3o.) que el 17 de abril de 2015 la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia autorizar a Ari Chamlian en representación de la Organización "Jóvenes Armenios del Uruguay" el uso de la Av. 18 de Julio (por una acera sola) desde Ejido hasta Plaza Independencia el 23 de abril del corriente año entre las 18:00 y las 20:00 horas con motivo de llevar a cabo una intervención urbana que consistirá en realizar una marcha callejera hasta dicha plaza donde se instalarán para presenciar la actuación de distintas bandas de rock con intérpretes de música tradicional armenia entre las 20:30 y las 23:00 horas, en el marco de la conmemoración por el Genocidio que sufrió dicha comunidad. Cabe destacar que el montaje de escenario se realizará desde las 18:00 horas del día 22 de dicho mes. Se condiciona a que el gestionante deberá: A) cumplir: a) con las disposiciones vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y al cumplimiento del día y horario autorizado. Tomar todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, serán los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar, sin afectar pavimentos, elementos vegetales y todo otro equipamiento de la zona, así como la circulación peatonal y vehicular en la zona de desarrollo del evento; b) con la normativa ambiental vigente, como prohibición de estacionar vehículos en la vereda y espacios verdes, deberán tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar e instalar recipientes para residuos en cantidad y dimensiones adecuadas al evento; c) con todas las normas y reglamentaciones vigentes que regulen este tipo de eventos. d) con lo dispuesto por la Unidad Inspectiva Vigilancia a fs. 20. B) Responsabilizarse: a) de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, restituirlo en el mismo estado en que los recibe y en correctas condiciones de higiene, limpieza y mantenimiento. Serán de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, césped, especies vegetales y demás instalaciones, tanto superficies aéreas o subterráneas y se prohíbe terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo. No podrán instalar propaganda de clase alguna y los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse deberán ajustarse a la normativa vigente; b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, por lo que quedará esta Intendencia exonerada de toda responsabilidad; C) Cumplir con los requerimientos del Servicio de Planificación, Gestión y Diseño, Unidad de Concesiones (fs. 11, 12 y 13) los cuales se dan aquí íntegramente por reproducidos y cuya copia deberá ser entregada al interesado. D) El incumplimiento de las condiciones en que se otorga la autorización, así como las molestias que puedan provocarse hacia el vecindario y que den lugar a denuncias, motivará la inmediata suspensión de la actividad. El contralor de los aspectos indicados o los que dieran lugar a la autorización mediante resolución, serán llevados a cabo por la Coordinación Operativa de esta División. E) Efectuar las coordinaciones que correspondan con el Municipio B, División Tránsito y Transporte y Servicios Centro Comunal Zonal Nº 2 y Central de Inspección General. F) El otorgamiento de este permiso no supone apoyos materiales específicos, ni la exoneración de obligaciones legales y reglamentarias de cualquier naturaleza;
        4o.) que el 20 de abril de 2015 el Departamento de Acondicionamiento Urbano de conformidad remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
        CONSIDERANDO: que procede proveer de acuerdo a lo solicitado;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Autorizar al Sr. Ari Chamlian en representación de la Organización "Jóvenes Armenios del Uruguay" el uso de la Plaza Independencia el día 23 de abril de 2015, con motivo de realizar una intervención urbana consistente en una marcha y un espectáculo musical de rock, en el marco de la conmemoración del Genocidio Armenio.-
        2.- Establecer que el interesado deberá cumplir con las normas vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, de acuerdo al informe que se indica en el Resultando 3o., de la División Espacios Públicos y Edificaciones.-
        3.- Comuníquese al solicitante, a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Acondicionamiento Urbano, a las Divisiones Espacios Públicos y Edificaciones, Tránsito y Transporte, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 2, Central de Inspección General, Planificación,




        Gestión y Diseño y pase al Municipio B a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-