Resolución N° 3820/13
Nro de Expediente:
1001-032283-11
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
26/8/2013


Tema:
SANEAMIENTO

Resumen:
Se aprueba el Acuerdo de Partes para la Modificación de Índice en Paramétrica, Contrato No. 1400, entre la Intendencia y la empresa CIEMSA.

Montevideo, 26 de Agosto de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Contrato No. 1400 caratulado "Servicios de Limpieza y Mantenimiento de la Red de Alcantarillado de una Zona de Montevideo (Área 6)";
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 3205/09 de fecha 3 de agosto de 2009, se adjudicó a la firma CIEMSA, el mencionado Contrato;
        2o.) que por Resolución No. 3562/13 de fecha 12 de agosto de 2013, se convalidó una prórroga, por el término de 12 (doce) meses, a partir del 15 de abril de 2013, al amparo del Art. 3o del Pliego de Condiciones Particulares que rigió la Licitación;
        3o.) que el Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento informa que la empresa CIEMSA solicita la modificación de la fórmula paramétrica del Contrato No. 1400;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Asesoría Jurídica realizó el control formal del proyecto;
        2o.) que el Director de la División Saneamiento y el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental son de opinión favorable;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar el Acuerdo de Partes para la Modificación de Índice en Paramétrica. En la ciudad de Montevideo, el ..... de .................. de dos mil trece, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo, en adelante la IdeM, RUT No. 211763350018, con domicilio en Avenida 18 de Julio No. 1360, representada en este acto por ....................., en su calidad de ..................., y POR OTRA PARTE: CIEMSA, RUT No. ......................, constituyendo domicilio en ..................., representada en este acto por ...................................................., titular de la C.I. No.: ............., en su calidad de ................, convienen y declaran: PRIMERO: Antecedentes. I) Que por Resolución No. 3205/09 de fecha 3 de agosto de 2009, se adjudicó la mencionada Licitación a la empresa CIEMSA, en un todo de acuerdo con el Pliego Particular de Condiciones que rigió el llamado del Contrato No. 1400, referente a Servicios de Limpieza y Mantenimiento de la Red de Alcantarillado de una zona de Montevideo (Área 6), el cual se encuentra en ejecución. II) En el Art. 61 del Pliego de Condiciones Particulares correspondiente al llamado que culminó con el referido Contrato, estaba previsto que "cuando los organismos competentes asignen grupo salarial al contratista, mediante acuerdo de partes, se podrá sustituir el índice medio general anterior por el índice correspondiente a dicho grupo para el cálculo J y Jo". III) En virtud de lo establecido por el Decreto del Poder Ejecutivo No. 153/009 de fecha 23 de marzo de 2009, se produjo el pasaje del personal de CIEMSA del grupo 19 (ex 46) al grupo 9 de los Consejos de Salarios. IV) Con fecha 26 de octubre de 2011 CIEMSA solicitó a la IdeM la adecuación de la paramétrica a esta nueva situación, lo que se tramitó en actuaciones contenidas en el Expediente No. 6320-003204-11. V) Por el presente documento, las partes vienen a instrumentar el acuerdo de partes que han alcanzado para cumplir con la referida adecuación de la paramétrica. SEGUNDO: Nuevo índice para el cálculo de los factores J y Jo de la paramétrica. En este acto, las partes acuerdan sustituir los factores J y Jo de la paramétrica del Contrato No. 1400, adoptando para dichos factores el valor, ajustado según Grupo 9 de los Consejos de Salarios, a la fecha de la solicitud realizada por CIEMSA, esto es al 26 de octubre de 2011. En consecuencia, a partir de 1o. de noviembre de 2011, para la aplicación de la fórmula paramétrica se tomarán los valores J y Jo: valor de laudo del jornal para personal no incluido en el Decreto Ley No. 14.411 de fecha 7 de agosto de 1975, correspondiente al Peón Práctico Categoría IV de la Industria de la Construcción y actividades complementarias, Grupo 9, Subgrupo 01, vigente al período de ejecución de los trabajos que se liquidan y el correspondiente a agosto de 2008. TERCERO: Ambas partes manifiestan su consentimiento a no realizar ningún tipo de reclamación en relación al objeto de este acuerdo para las certificaciones realizadas desde el comienzo del contrato hasta la fecha establecida en la cláusula Segunda. CUARTO: Reenvío. En todo lo que no se modifica expresamente en el presente documento, se mantendrán vigentes y válidas las estipulaciones del contrato original y demás documentación relacionada con el mismo. Y para constancia se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
        2o.-Delegar en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental la firma del Acuerdo de Partes para la Modificación del Índice en Paramétrica que se aprueba en el numeral que antecede.
        3o.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Saneamiento, a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental; cumplido pase al Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento quien notificará a la empresa CIEMSA.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-