VISTO: que Venolsur S.A. solicitó regularizar el establecimiento destinado a depósito de muebles y artículos de bazar, ubicado en el predio empadronado con el Nº 79.795, sito con frente a la Avda. Don Pedro de Mendoza Nº 4063;
RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 5539/17 del 11/XII/17 se autorizó con carácter precario y revocable la viabilidad de uso para dicho establecimiento;
2º) que el Servicio Contralor de la Edificación informa que: a) no se abonaron las reposiciones generadas en la gestión; b) se notificó a la empresa confiriendo 10 días de plazo para tomar vistas de lo actuado sin presentar descargos al respecto; c) consultado el Sistema de Expediente Electrónico, no surgen permisos de construcción tramitados con posterioridad a la gestión de viabilidad de usos y d) por lo expuesto, se entiende que corresponde proceder a la revocación de la viabilidad de uso autorizada;
3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones se manifiesta de conformidad;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende pertinente el dictado de resolución en tal sentido;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Revocar la viabilidad de uso autorizada por Resolución Nº 5539/17 del 11/XII/17 del establecimiento destinado a depósito de muebles y artículos de bazar, ubicado en el predio empadronado con el Nº 79.795, sito con frente a la Avda. Don Pedro de Mendoza Nº 4063, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2º. Comuníquese al Municipio D, a las Divisiones Tránsito y Limpieza, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 11, de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, de Ingeniería de Tránsito, de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental y pase al Servicio Contralor de la Edificación.-
|