Resolución N° 1496/21
Nro de Expediente:
2019-5130-98-000062
 
ASESORÍA JURÍDICA
Fecha de Aprobación:
26/04/2021


Tema:
SANCIONES/SUSPENSIONES

Resumen:
ACOSO SEXUAL LABORAL. SE SANCIONA AL FUNCIONARIO AGUSTO CARLOS VIANA CAMPODÓNICO CON 30 (TREINTA) DÍAS DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE SUELDO POR HABER INCURRIDO EN UNA CONDUCTA DE ACOSO SEXUAL LABORAL.-

Montevideo, 26 de Abril de 2021.-
 

                         VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la situación denunciada por una funcionaria de esta Intendencia en relación al también funcionario Agusto Carlos Viana Campodónico, respecto de una conducta de acoso sexual laboral;

                       RESULTANDO: 1o.) que el Equipo Instructor actuante, en fundado informe que luce en obrados, concluye que en los procedimientos seguidos adelante se verificó la existencia de comportamientos de naturaleza sexual, intimidatorios y ofensivos por parte del funcionario hacia la denunciante, que le provocaron a esta rechazo, angustia y temor e indica que tales conductas se dieron en el marco de la relación laboral y afectaron directamente a la víctima, por lo que indudablemente se configura una situación de acoso sexual laboral;

                                                      2o.) que con relación a la vista conferida a denunciante y denunciado conforme al Art. R.159.18 (Vol. II del Digesto Departamental) respecto de los hechos que se dieron por probados y de la conclusión alcanzada en relación a la configuración de una conducta de acoso sexual, únicamente el denunciado presentó escrito evacuando la vista;

                                                     3o.) que de acuerdo a los fundamentos expresados por el Equipo Instructor no resultan de recibo los descargos formulados por el funcionario denunciado y no permiten enervar las conclusiones a las que se ha llegado en obrados;

                                                     4o.) que de acuerdo a lo establecido en el artículo D.61.1 (Vol. III del Digesto Departamental) y los artículos 2 y 3 de la Ley No. 18.561, se entiende que el funcionario Agusto Carlos Viana Campodónico ha incurrido en una conducta de acoso sexual laboral respecto de la denunciante y de acuerdo a lo dispuesto en el literal v) del Art. R.423.3 (Vol. III del Digesto Departamental) la conducta referida se considera falta grave, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo R.159.19 (Vol. II del Digesto Departamental) corresponde elevar las actuaciones para su consideración;

                         CONSIDERANDO: que de conformidad con lo actuado y en virtud de los dictámenes producidos en obrados, la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones a fin de propiciar el dictado de resolución por la cual se le aplique una sanción de suspensión de 30 días sin goce de sueldo al funcionario Agusto Carlos Viana Campodónico;



LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1. Sancionar al funcionario Agusto Carlos Viana Campodónico, CI 1.325.120-8, con 30 (treinta) días de suspensión sin goce de sueldo, por haber incurrido en una conducta de acoso sexual laboral, por los fundamentos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-

2. Comuníquese a los Servicios de Liquidación de Haberes, de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana y pase a la División Asesoría Jurídica para notificar al interesado y demás efectos.-

 

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-