VISTO: las presentes actuaciones elevadas por la División Salud, tendientes a aprobar el texto de un convenio de colaboración entre La Facultad de Psicología de la Universidad de la República y esta Intendencia;
RESULTANDO: 1o.) que el convenio con la citada facultad se enmarca en las políticas sociales que desarrolla la Intendencia en atención a los sectores más desprotegidos de la sociedad, siendo las personas con discapacidad, uno de los más vulnerables y atento a que la Facultad de Psicología ha consolidado una línea de desarrollo en materia de enseñanza, intervención e investigación referente a la accesibilidad para esa población objetivo desarrollando acuerdos con diversas instituciones públicas y privadas relacionadas con el tema;
2o.) que tiene por objeto desarrollar una estrategia de abordaje en salud mental para el Municipio F a partir de la Policlínica "Flor de Maroñas" y el Centro Cultural "Crece Flor de Maroñas", desde una perspectiva de derechos e inclusión, cumpliendo con la propuesta de trabajo que se agrega como ANEXO I y que se considera parte integrante del presente convenio que se propicia;
3o.) que la División Salud solicita se apruebe el texto del convenio con la "Facultad de Psicología de la Universidad de la República" por el plazo de 1 año a partir de su firma, el que podrá eventualmente ser renovado por un período igual o menor siempre que exista al efecto informe favorable de la comisión de seguimiento y evaluación, por la suma total de $ 390.219.oo (pesos uruguayos trecientos noventa mil doscientos diecinueve);
4o.) que a tales efectos la Unidad de Gestión Presupuestal de este Departamento realizó la solicitud de preventiva SEFI Nº 237.962, por la suma de 227.628,oo (pesos uruguayos doscientos veintisiete mil seiscientos veintiocho) para el ejercicio 2021, y será abonada en 12 (doce) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 32.518,25 (pesos uruguayos treinta y dos mil quinientos dieciocho con veinticinco centésimos), siendo la primera de ellas a la firma del convenio;
5o.) que dichas sumas se abonarán mediante transferencia bancaria a la cuenta número ............. del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) a nombre de la Facultad de Psicología;
6o.) que la Unidad de Convenios y Asesoría Legal elevó el texto original con la mencionada facultad;
7o.) que el Equipo Contralor de Contratos perteneciente a la División Jurídica formuló observaciones al convenio que se pretende, que fueron recogidas y consignadas en el texto cuya aprobación se propicia;
CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social entiende pertinente su aprobación en el sentido indicado;
2o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Artículo No. 280 de la Constitución de la República;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Aprobar el texto de convenio de colaboración entre la Facultad de Psicología de la Universidad de la República y esta Intendencia, en los siguientes términos: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO Y FACULTAD DE PSICOLOGÍA: En la ciudad de Montevideo, el .................... de .................... del dos mil veintiuno, comparecen: POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo en adelante la IdeM, representada en este acto por la/el Sra/Sr. .................... en su calidad de ...................., inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el número 211.763.350.018, con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nro. 1360 de esta ciudad, y POR OTRA PARTE: La Facultad de Psicología de la Universidad de la República en adelante la Facultad, representada en este acto por el/la Sr/Sra. ...................., titular de la cédula de identidad número .................... y por ...................., titular de la cédula de identidad número ...................., en sus calidades de .................... y .................... respectivamente, inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el número .................... con domicilio en la calle Tristán Narvaja Nº 1674 de esta ciudad, quienes convienen lo siguiente: PRIMERO • Antecedentes: I) En el marco de las políticas sociales que ha venido desarrollando la IdeM en atención a los sectores más desprotegidos de la sociedad, siendo las personas con discapacidad, uno de los más vulnerables y atento a que la Facultad de Psicología ha consolidado una línea de desarrollo en materia de enseñanza, intervención e investigación referente a la accesibilidad para esa población objetivo desarrollando acuerdos con diversas instituciones públicas y privadas relacionadas con el tema, es que ambas partes entienden conveniente la suscripción del presente convenio; II) Por medio del presente la IdeM y la Facultad, se presentan ante la sociedad como interlocutores ante otros actores involucrados en la temática de la discapacidad en los más diversos niveles (personales, familiares, económicas, sociales y culturales, y otros).- SEGUNDO • Objeto: El presente convenio tendrá por objeto desarrollar una estrategia de abordaje en Salud Mental para el Municipio F a partir de la Policlínica "Flor de Maroñas" y el Centro Cultural "Crece Flor de Maroñas", desde una perspectiva de derechos e inclusión, cumpliendo con la propuesta de trabajo que se agrega como ANEXO I y que se considera parte integrante del presente convenio. Para ello será necesario: a) Promover la perspectiva de derechos e inclusión en el equipo de salud de la Policlínica "Flor de Maroñas" desde el enfoque de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud de la OMS (CIF-OMS, 2001) y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD - ONU, 2006) en el marco de la Ley de Salud Mental Nº 19.529; b) Desarrollar una estrategia de trabajo territorial para la promoción y abordaje comunitario en temas de salud mental con anclaje en el centro cultural "Crece Flor de Maroñas"; c) Ofrecer espacios grupales de atención para usuarios/as y familiares de usuarios/as de salud mental en el Municipio F; d) Ofrecer un espacio de consulta en Policlínica con el objetivo de realizar una valoración de la discapacidad y determinación de necesidades de apoyo de usuarios/as.- TERCERO • Obligaciones de las partes: A) LA FACULTAD: Se obliga a: a) Proporcionar 1 (un) equipo técnico docente integrado por un docente grado 2 con 20 (veinte) horas de la Facultad de Psicología y personal necesario para la tarea; b) Realizar un proceso de trabajo con el equipo de salud y personal de la policlínica en instancias individuales y grupales; c) Identificar y tomar contacto con las comisiones de vecinos y sociedad civil organizada para el abordaje comunitario local de promoción en temas de salud mental; d) Ofrecer espacios grupales de atención para usuarios/as y familiares de usuarios/as de salud mental en el Municipio F; e) Ofrecer un espacio de consulta individual a personas con diagnóstico de trastorno mental para valorar el grado de discapacidad, que sean derivados por el equipo con el que cuenta la policlínica; f) Llevar un registro de asistencia del personal contratado e informar a la División Salud los ceses definitivos de cualquiera de ellos, operados por renuncias u otras causas, así como los casos de ausencia prolongada de estas a la tarea; g) Presentar 2 (dos) informes cuatrimestrales y 1 (un) informe final al cierre del periodo (cuyo plazo de presentación no podrá exceder de 1 (un) mes a partir de la finalización del convenio) y una rendición de cuentas de los gastos vinculados a la ejecución del presente convenio; h) La Facultad declara conocer las normas sobre acoso sexual establecidas en el marco de la Ley Nº 18.561, así como las establecidas en el Protocolo de Actuación en Acoso Sexual Laboral aprobado mediante Resolución Nº 3419/12 del 13 de agosto del año 2012 de la IdeM. La constatación de su falta de actuación ante denuncias de acoso sexual laboral de todos aquellos casos que mantengan con la Facultad una relación laboral directa, significará causal de rescisión del convenio que esta mantuviera con la IdeM. B) La IdeM se obliga a: a) Transferir a la Universidad de la República con destino a la Facultad de Psicología, la suma de $ 390.219.oo (pesos uruguayos trecientos noventa mil doscientos diecinueve), destinada al pago de salarios de los funcionarios que sean designados para realizar las tareas, que se abonará en doce cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 32.518,25 (pesos uruguayos treinta y dos mil quinientos dieciocho con veinticinco centésimos), la primera de ellas a la firma del convenio. Dichas sumas se abonarán mediante transferencia bancaria a la cuenta número ................... del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) a nombre de la Facultad de Psicología. El referido monto se ajustará cada 6 (seis) meses por el Índice de Precios al Consumo, e incluye el 15% que la Facultad retiene para gastos de infraestructura administrativa, y un 2% destinado a fondos centrales.- CUARTO • Carácter curricular: Podrán colaborar en esta tarea 5 (cinco) estudiantes de la Facultad de Psicología del ciclo de graduación de la carrera de Psicólogo, siendo éste un espacio de práctica pre-profesional para ellos.- QUINTO • Comisión de seguimiento y evaluación: A efectos de evaluar el cumplimiento del presente Convenio y proponer sus eventuales modificaciones o ampliaciones, se formará una Comisión de Seguimiento y Evaluación integrada por 2 (dos) responsables por cada parte, la que deberá presentar informes cuatrimestrales ante la IdeM y la Facultad.- SEXTO • Plazo: El plazo de este convenio es de 1 (un) año a partir de su firma, el que podrá eventualmente ser renovado por un período igual o menor siempre que exista al efecto informe favorable de la Comisión de Seguimiento y Evaluación.- SÉPTIMO • Responsabilidades de la Facultad: La Facultad asume las responsabilidades emergentes de la relación entre ella y las personas contratadas para llevar adelante la ejecución de este convenio, así como las obligaciones legales y convencionales que por ella pudieren generarse con otros organismos estatales o terceros, respecto de las cuales las IdeM es por completo ajena.- Asimismo la Facultad indemnizará en el caso de daños materiales o personales causados a funcionarios/as departamentales, municipales o a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en el cumplimiento de sus obligaciones.- OCTAVO • Rescisión: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de las partes dará lugar al inicio, previa constatación, de los trámites tendientes a la rescisión de este convenio. Se considerará que alguna de las partes ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión cuando, notificada por escrito de la constatación, dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la parte reclamante, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo que las partes declaran conocer y aceptar.- NOVENO • Mora: La mora en el cumplimiento de las obligaciones pactadas se producirá de pleno derecho y por el solo vencimiento de los términos fijados o por la omisión o realización de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo pactado.- DÉCIMO • Prohibiciones: La Facultad no podrá ceder los derechos y obligaciones emergentes de este convenio, no admitiéndose sub-contratos.- DECIMOPRIMERO • Domicilios especiales: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este convenio, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.- DÉCIMOSEGUNDO • Comunicaciones: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. Y en prueba de conformidad se firman 4 (cuatro) ejemplares de idéntico tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
ANEXO I
Propuesta Intendencia de Montevideo 12/3/21
La presente propuesta se realiza desde el Centro de Investigación e Innovación Social (CEIS) de la Facultad de Psicología -Udelar.
Se enmarca en la línea de trabajo transiciones y efectos en las organizaciones, donde se desarrolla el proyecto: criterios técnicos y políticos para determinar la situación de discapacidad desde el Modelo Bio-Psico-Social, el perfil epidemiológico y su relación con el sistema sanitario.
Responsable: Prof. María José Bagnato
Equipo docente: As. Andrea Gonella • As. Julia Córdoba • As. Rossina Machiñena • Ay. Eugenia Barbosa
Introducción:
En el marco de la ley Nº 19.529 de Salud Mental aprobada en 2017, se hace imprescindible el cambio en el modelo de atención a la salud mental. Atendiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en cuanto a la formación de recursos humanos en el nuevo paradigma de atención y el empoderamiento de las familias y usuarios/as de salud mental en la perspectiva de derechos y atención, es que la ley Nº 19.529 refiere entre otros, como principios rectores, el reconocimiento a la persona de forma integral; como marco de referencia la dignidad humana y los principios de derechos humanos; la equidad, continuidad y oportunidad de las prestaciones; la calidad integral del proceso asistencial; considerar que el estado de la persona con trastorno mental es modificable; la vinculación de la salud mental al efectivo ejercicio de los derechos como el trabajo, la vivienda, la educación, la cultura.
Por otro lado, si bien no todas las personas que presentan diagnósticos de salud mental se encuentran en situación de discapacidad, realizar la valoración de esta en aquellos casos que sea pertinente, contribuye a identificar adecuadamente las limitaciones, los recursos personales, familiares y de contexto para una derivación, orientación y seguimiento oportunos.
El Plan Nacional de Salud Mental 2020 – 2027, plantea que actualmente en Uruguay coexisten tres modelos de atención en salud mental: el modelo asilar, el hospitalocéntrico y el comunitario. La ley enfatiza el trabajo en este último, planteando que de ser necesaria, la coordinación se debe realizar desde allí hacia los niveles de mayor complejidad. Propone además que la atención se realice en el marco de un abordaje interdisciplinario e intersectorial, orientado a la promoción, reforzamiento y restitución de los lazos sociales. En ese sentido, y teniendo en cuenta que la nueva ley plantea el cierre de todas las instituciones monovalentes, el enfoque comunitario que se plantea en el presente convenio a través del trabajo con la policlínica, implica trabajar en dirección a lo que se plantea en el cambio de paradigma.
Objetivo General:
Desarrollar una estrategia de abordaje en salud mental para el Municipio F a partir de la Policlínica "Flor de Maroñas" y el centro cultural "Crece Flor de Maroñas".
Enfoque de trabajo: perspectiva de derechos e inclusión. Experiencia piloto en el diseño de estrategias para dar cumplimiento a la nueva Ley de Salud Mental.
Objetivos específicos:
1- Promover la perspectiva de derechos e inclusión en el equipo de salud de la Policlínica "Flor de Maroñas" desde el enfoque de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud de la OMS (CIF-OMS, 2001) y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD - ONU, 2006) en el marco de la Ley de Salud Mental Nº 19.529.
2- Desarrollar una estrategia de trabajo territorial para la promoción y abordaje comunitario en temas de salud mental con anclaje en el centro cultural "Crece Flor de Maroñas".
3- Ofrecer espacios grupales de atención para usuarios/as y familiares de usuarios de salud mental en el Municipio F.
4- Ofrecer un espacio de consulta en Policlínica con el objetivo de valoración de discapacidad y determinación de necesidades de apoyo de usuarios/as.
Actividades para el cumplimiento de los objetivos:
Actividad 1:
Realizar un proceso de trabajo con el equipo de salud y personal de la policlínica en instancias individuales y grupales.
Metodología:
Se partirá de un sondeo sobre la formación en abordaje en Salud Mental y la percepción de los participantes en relación a la salud mental. Se tomarán como herramientas metodológicas la entrevista, los grupos focales y talleres.
A partir de la sistematización de la información recabada se abordará la temática proponiendo un cambio de enfoque en el abordaje de la salud mental: más allá del diagnóstico, el sistema de apoyos, el estigma y la inclusión social entre otros.
Actividad 2:
Identificar y tomar contacto con las comisiones de vecinos y sociedad civil organizada para el abordaje comunitario local de promoción en temas de salud mental.
Metodología:
Se realizará un relevamiento de necesidades detectadas por vecinos y vecinas, referentes barriales sobre la temática de salud mental.
Se ofrecerá la posibilidad de conformación de un grupo de referentes para trabajar en talleres a nivel comunitario sobre campañas de promoción y de coordinación interinstitucional.
Actividad 3:
Ofrecer espacios grupales de atención para usuarios/as y familiares de usuarios/as de salud mental en el Municipio F.
Metodología:
Se realizará un sondeo de las problemáticas de salud mental más frecuentes y se ofrecerán propuestas grupales para familiares y usuarios/as.
Actividad 4:
En acuerdo con el equipo de salud, se ofrecerá un espacio de consulta individual a personas con diagnóstico de trastorno mental para valorar el grado de discapacidad, que sean derivados por el equipo con el que cuenta la policlínica.
Metodología:
Dos entrevistas individuales de 45 minutos, elaboración y entrega de informe a usuario/a y profesional derivante. Se resguarda en historia clínica.
Todas las actividades planteadas serán llevadas a cabo por un docente G.II de la Facultad de Psicología, siendo espacio de práctica pre-profesional para 5 (cinco) estudiantes del ciclo de graduación de la carrera. Las prácticas tendrán un acompañamiento docente continuo y una supervisión obligatoria semanal durante el período que dure la intervención.
Referencias Biográficas:
Organización Mundial de la Salud (2001) C.I.F: “Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud”. IMSERSO. España. Recuperado de: https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/43360 9241545445_spa.pdf;jsessionid =92C2A918633FAC54B34A1A3C345E151F?sequence=1
Organización Mundial de la Salud . (2004). Invertir en salud mental. Ginebra:
Organización Mundial de la Salud. Recuperado de: https://apps.who.int/iris/handle/10665/42897
ONU (2006). Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Recuperado de: https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf
Uruguay. Poder Legislativo. (2017) Ley N° 19.529 Salud Mental. República Oriental del Uruguay. Recuperado de: https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19529-2017
2.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a la solicitud de preventiva SEFI No. 237.962 por la suma de $ 227.628,oo (pesos uruguayos doscientos veintisiete mil seiscientos ventiocho) para el ejercicio 2021, a favor del acreedor Nro. 3.390.-
3.- Establecer que la Contaduría General realizará el pago mediante transferencia bancaria a la cuenta número................ del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) a nombre de la Facultad de Psicología.-
4.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar la renovación del convenio que se aprueba por el numeral 1o.-
5.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros, de Desarrollo Social, a las Divisiones de Salud, de Asesoría Jurídica, al Servicio de Escribanía, a la Unidad de Gestión Presupuestal y a la Unidad de Convenios y Asesoría Legal (Desarrollo Social), a las Unidades Central de Presupuesto, de Auditoría Interna, al Equipo Técnico Contralor de Contratos (Asesoría Jurídica) y pase a la Contaduría General a sus efectos.- |