Resolución N° 481/17
Nro de Expediente:
2016-1379-98-000051
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
30/1/2017


Tema:
REITERACION DE GASTOS

Resumen:
Se reitera el gasto emergente de la Resolución Nº 5552/16 de 30/11/16 que adjudicó a la empresa CLEMER SA la reparación de la Rambla Sur.-

Montevideo, 30 de Enero de 2017.-
 
        VISTO: que por la Resolución Nº 5552/16 de 30 de noviembre de 2016 se adjudicó a la empresa CLEMER SA la reparación de la Rambla Sur en los tramos comprendidos entre Paraguay y Río Negro y entre Lindolfo Cuestas y Sarandí, por la suma total de $ 9:249.064,oo, IVA, 15% de imprevistos y Leyes Sociales incluidos;
        RESULTANDO: 1o) que el Tribunal de Cuentas de la República en sesión de 28 de diciembre de 2016 (E.E. Nº 2016-17-1-0008326, Ent. Nº 6466/16) señala que procedimiento sin perjuicio de no invocarse ninguna causal de excepción, la situación planteada con los destrozos producidos por el temporal de noviembre de 2016 encuadra en lo previsto por el Artículo 22 Literal C) Numeral 9) del TOCAF que prevé la posibilidad de acudir a la contratación directa, o al procedimiento que el Ordenador determine por razones de buena administración cuando "medien probadas razones de urgencia no previsibles o no sea posible la licitación o remate público o su realización resienta seriamente el servicio" y deberán contar con la certificación del Tribunal de Cuentas en el caso de las Intendencias, de la configuración de los extremos que habilitan la causal, como los precios y condiciones que correspondan al mercado;
        2o) que en el caso, atento a que se solicitó cotización a dos empresas con antecedentes en reparaciones similares, se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal de Cuentas de la República en Resolución de 14/8/1996, en cuanto se le debe suministrar elementos y datos que permitan certificar que los precios y condiciones de las contrataciones a realizar son los que corresponden al mercado;
        3o) que asimismo observa el gasto porque no pueden comprometerse estos sin disponibilidad presupuestal (artículo 15 del TOCAF);
        CONSIDERANDO: lo previsto en los artículos 211, literal B) de la Constitución de la República y 114º del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Reiterar el gasto emergente de la Resolución 5552/16 de 30 de noviembre de 2016 que adjudicó a la empresa CLEMER SA la reparación de la Rambla Sur en los tramos comprendidos entre Paraguay y Río Negro y entre Lindolfo Cuestas y Sarandí, por la suma total de $ 9:249.064,oo, IVA, 15% de imprevistos y Leyes Sociales incluidos (SEFI Nos. 195345 y 195346).-
        2.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Secretaría General y pase a la Contaduría General a sus efectos.-
OSCAR CURUTCHET, Intendente de Montevideo (I).-
CHRISTIAN DI CANDIA, Secretario General (I).-