Resolución N° 1188/16
Nro de Expediente:
4740-057063-15
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
28/3/2016


Tema:
RECURSOS

Resumen:
Se hace lugar a las peticiones incoadas por el Sr. Reinaldo Romero Moreira y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo a fin de dejar sin efecto la resolución que dispuso la aplicación de la sanción por infracción a las normas de tránsito consignada en el Intervenido Serie SA No. 329992.-

Montevideo, 28 de Marzo de 2016.-
 
          VISTO: las peticiones presentadas por el Sr. Reinaldo Romero Moreira y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo a fin de dejar sin efecto la resolución que dispuso la aplicación de la sanción por infracción a las normas de tránsito consignada en el Intervenido Serie SA No. 329992;
          RESULTANDO: 1o.) que constituyendo el objeto de estas actuaciones determinar si en definitiva se cometió una infracción a las normas departamentales de tránsito, en ocasión de la conducción de un vehículo oficial del referido Tribunal, cabe concluir que este es titular de una situación jurídicamente tutelada, esto es, de un interés directo, personal y legítimo;
          2o.) que se entiende que la circunstancia de que se confeccione y notifique un intervenido no constituye de por sí un acto que exprese la voluntad de la Administración, por lo que se aplica una sanción: surge de tal documento que el interesado dispone de 10 días para realizar los descargos correspondientes y vencido dicho plazo es que debería dictarse resolución; es dentro del término indicado que tanto el conductor como el Tribunal se presentaron a tales efectos;
          3o.) que no obstante ello, emerge de obrados que la sanción fue aplicada el 31/8/15, es decir, sin que se haya dado oportunidad razonable para el legítimo ejercicio del derecho de defensa;
          4o.) que la Unidad Asesoría de conformidad con lo expresado, señala que se deberá dictar resolución por la cual se haga lugar a las peticiones incoadas, dejándose sin efecto la resolución que dispuso la aplicación de la sanción por infracción a las normas de tránsito, ya que no se cumplieron las garantías de todo procedimiento administrativo;
          5o.) que por lo expuesto la Unidad Asesoría propicia el dictado de resolución en tal sentido;
          CONSIDERANDO: que el 18/2/16 la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;
          EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Hacer lugar a las peticiones incoadas por el Sr. Reinaldo Romero Moreira, C.I. 1.457.276-6 y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo a fin de dejar sin efecto la resolución que dispuso la aplicación de la sanción por infracción a las normas de tránsito (Intervenido Serie SA No. 329992).-
          2. Dar de baja a toda anotación que por la citada infracción se hubiere ingresado en los registros departamentales.-
          3. Comuníquese a SUCIVE y pase al Servicio de Vigilancia para notificar a los interesados y demás efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-