Resolución N° 3142/16
Nro de Expediente:
2016-5440-98-000059
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
11/7/2016


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de reposición interpuesto por un ex funcionario contra la Resolución No. 713/16, de 22 de febrero de 2016.-

Montevideo, 11 de Julio de 2016.-
 
          VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio interpuestos por el ex funcionario Gustavo Dal Monte contra la Resolución No. 713/16, de 22 de febrero de 2016, que dispuso dar por concluido el sumario administrativo dispuesto por Resolución No. 5433/07, de 24/12/07 y declaró desinvestido al impugnante del cargo público que ocupaba en esta Administración;
          RESULTANDO: 1o.) que el recurrente señala que la resolución impugnada fue dictada con abuso o desviación de poder, mientras que en el procedimiento se le negó la posibilidad de diligenciar prueba y de producir descargos, entre otras consideraciones;
          2o.) que la Unidad Asesoría expresa que desde el punto de vista adjetivo los recursos se presentaron en tiempo y forma, mientras que corresponde considerar únicamente el de reposición por ser el acto atacado dictado por el Intendente;
          3o.) que desde el punto de vista sustancial se indica que el recurrente fue condenado por el Juzgado Letrado en lo Penal de 6o. Turno como coautor responsable de un delito continuado de fraude a una pena de 2 años y 6 meses de penitenciaría e inhabilitación especial prevista por el Art. 76 del Código Penal, por el mismo período y una multa de UR 3.000;
          4o.) que el procedimiento disciplinario ha cumplido con todas las ritualidades procesales y no se ha inobservado el debido proceso y, en especial, el derecho de defensa, por lo que no se advierten elementos que puedan hacer suponer que exista desviación de poder;
          5o.) que dentro de la condena penal se inhabilitó al impugnante de acuerdo a lo que preceptúa el Art. 76 del Código Penal y tal norma establece que se produce la cesantía de la titularidad del cargo que se tenía al tiempo de la condena, provocando la extinción de la relación funcional con la administración; por esta razón lo resuelto penalmente produce efectos administrativos provocando la desinvestidura del cargo respecto del recurrente;
          6o.) que por lo expuesto la Unidad Asesoría propicia el dictado de resolución por la cual no se haga lugar al recurso de reposición interpuesto;
          CONSIDERANDO: que el 8/6/16 la
          División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;
          EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por el ex funcionario Gustavo Dal Monte, C.I. 1.277.492 contra la Resolución No. 713/16, de 22 de febrero de 2016.-
          2. Comuníquese al Servicio de Liquidación de Haberes y pase al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales para notificar al interesado y demás efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-