VISTO: las tareas de custodia y preservación de los bienes patrimoniales de la plaza Las Pioneras;
RESULTANDO: 1º) que el Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República entiende que el gasto de $ 278.750,oo (Solicitud de Preventiva Nº 232663) es observable por contravenir lo dispuesto por el Art. 15º (Déficit) del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
2º) que con fecha 23/XI/20, la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Urbano informa que la imputación con cargo al déficit fue autorizada por la División Ejecución Presupuestal por no contar con disponibilidad en el rubro;
CONSIDERANDO: 1º) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano considera de recibo los argumentos expuestos;
2º) lo previsto en los Artículos 211, literal B) de la Constitución de la República y 114º del TOCAF;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Reiterar el gasto de $ 278.750,oo (pesos uruguayos doscientos setenta y ocho mil setecientos cincuenta) a favor del Instituto Nacional de Cooperativismo por los fundamentos mencionados en la parte expositiva de la presente resolución.-
2º. Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones y pase a la Contaduría General.- |