Resolución N° 5630/10
Nro de Expediente:
4005-003267-09
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
6/12/2010


Tema:
PROYECTO DE DECRETO (MAYOR APROVECHAMIENTO)

Resumen:
Remitir a consideración de la Junta Departamental el proyecto de decreto solicitando la aplicación de los Arts. D. 8 y D. 40 del Volumen IV, Título I, Capítulos I y IV respectivamente del Digesto, por concepto de Modificación Cualificada, para autorizar desde el punto de vista urbanístico las excepciones solicitadas para la construcción de un edificio con destino vivienda, en el bien inmueble empadronado con el Nº419.642, ubicado en la calle Motivo de Proteo Nº 1374, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 7 y el Municipio E.

Montevideo, 6 de Diciembre de 2010.-
 
        VISTO: el presente trámite en consulta relacionado con la solicitud de construcción de un edificio con destino vivienda, en el bien inmueble empadronado con el Nº419.642, ubicado en la calle Motivo de Proteo Nº 1374, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 7 y el Municipio E;
        RESULTANDO: 1º) que la Comisión Especial Permanente de Carrasco y Punta Gorda informa que:
        a) se presenta una propuesta de vivienda colectiva en Propiedad Horizontal en el padrón de referencia, el mismo por su ubicación relativa en la altura de la Rambla, posee características excepcionales tanto desde el punto de vista topográfico como por la amplitud de los espacios que enfrenta y que lo hacen visible desde muchos ángulos;
        b) se plantean tres niveles en lugar de los dos reglamentarios, el tercer nivel se logra a partir de reducir la altura del talud, por lo tanto la altura general del edificio está por debajo de los linderos y se logra una adecuada inserción en el tramo;
        c) no existen observaciones a la ocupación parcial del retiro lateral dadas las características y la irregularidad del predio y que la altura propuesta en ese sector, genera un acordamiento con las edificaciones en el mismo retiro, pertenecientes a la vivienda lindera por Brenda;
        d) las importantes afectaciones del predio, la singularidad de su ubicación, el cambio al uso residencial y la volumetría que logra una adecuada inserción en el contexto, hacen que se considere aceptable el otorgamiento de las siguientes excepciones:
        F.O.T. 103% (reglamentario 100%)
        Altura 8,55 Mts (reglamentario 7mts sobre talud)
        Nº de niveles 3 (reglamentario 2)
        Ocupación de retiro lateral (dos niveles habitables)
        2º) la Unidad del Patrimonio informa que se considera admisible la propuesta arquitectónica presentada, dado que con ella se logra una adecuada inserción al contexto, sugiriendo admitir las excepciones solicitadas, en el marco de lo establecido en los Arts. D.8 y D.40 del Volumen IV, Título I, Capítulos I y IV respectivamente del Digesto (POT);
        3º) el Servicio de Regulación Territorial informa que la Técnica interviniente de la gestión presenta memoria descriptiva y planilla de áreas para cálculo de mayor aprovechamiento, así como también nuevos gráficos, donde se señala la zona para el cálculo del mismo. Analizada la propuesta, la Mesa Técnica coincide con el criterio aplicado por la Técnica para el cálculo del precio compensatorio por mayor aprovechamiento según lo establecido en los Arts. D.8 y D.40 del Volumen IV, Título I, Capítulos I y IV respectivamente del Digesto (POT);
        4º) que el Servicio de Catastro y Avalúo realiza la tasación para el cálculo de mayor aprovechamiento en función de las modificaciones previstas que exceden las áreas toleradas en la normativa, estima un incremento del valor total edificado de $ 19.600.000 (pesos uruguayos diecinueve millones seiscientos mil);
        CONSIDERANDO: 1º) que se procedió de acuerdo a lo dispuesto en el Art. R. 84 del Volumen II del Digesto Municipal, estando el propietario del citado padrón en conocimiento de que le corresponde el pago por concepto de mayor aprovechamiento, manifestando su conformidad;
        2º) que la Comisión Permanente del Plan Montevideo acuerda en promover la autorización de la solicitud como modificación cualificada con mayor aprovechamiento;



        3º) que se estima procedente solicitar anuencia a la Junta Departamental de Montevideo;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:

        1. Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        ARTICULO 1º. Facúltase a la Intendencia de Montevideo, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. D8 y D.40 del Volumen IV, Título I, Capítulos I y IV respectivamente del Digesto (POT), a autorizar desde el punto de vista urbanístico las excepciones solicitadas para la construcción de un edificio con destino vivienda, en el bien inmueble empadronado con el Nº419.642, ubicado en la calle Motivo de Proteo Nº 1374, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 7 y el Municipio E, de acuerdo a los gráficos adjuntos en el expediente Nº4005-003267-09.-
        ARTICULO 2º. Establécese que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del permiso ante el Servicio de Contralor de la Edificación, correspondiendo la aplicación de mayor aprovechamiento por la suma de $ 19.600.000 (pesos uruguayos diecinueve millones seiscientos mil), realizándose el pago del 10 % de la suma indicada, por concepto de precio compensatorio, según las modalidades establecidas en la Resolución Nº1066/07 de fecha 26 de marzo de 2007.-
        ARTICULO 3º. Comuníquese.-
        2º. Pase a la Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I.).-