Resolución N° 5571/06
Nro de Expediente:
4001-005179-06
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
26/12/2006


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
Modificar el numeral 2º de la Resolución Nº 4563/06 de 9/XI/06 en relación al texto del Artículo Primero del Acta de Mitigación, inicio anticipado de las obras, complejo World Trade Center, MARCIRY S.A..-

Montevideo, 26 de Diciembre de 2006.-
 
        VISTO: las obras a construir en área incluida en el Plan Urbano de Detalle según Decreto Departamental Nº 30.146 del 12/XII/02;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 4563/06 de 9/XI/06, se autorizó a MARCIRY S.A., propietaria del inmueble padrón No. 410.068, limitado por la Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera y las calles 26 de Marzo, Dr. Luis Bonavita y Cdor. Luis E. Lecueder, el inicio anticipado de las obras correspondientes a la siguiente etapa del complejo World Trade Center;
        2º) que la referida autorización se otorgó condicionada a: a) suscribir el Acta de Mitigación; b) cumplir todos los requisitos que establezca el Departamento de Desarrollo Ambiental; c) abonar la compensación urbana por concepto del mayor aprovechamiento autorizado, según lo establecido en el Art. 12º del Decreto Nº 30.146; d) dar cumplimiento con los Arts. 18º y 21º del Decreto Nº 30.146, adjuntando planta general para la totalidad de la fracción detallando el diseño y tratamiento de las áreas verdes y pavimentadas, elementos de delimitación entre el predio y el espacio público, tipos de pavimentos, iluminación y demás equipamiento;
        3º) que en los antecedentes del Acta de Mitigación, se omitió incluir los padrones Nos. 420.731 y 421.828 al 421.831 relacionados con los emprendimientos del Plan Urbano de Detalle referido;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano considera oportuno modificar la Resolución Nº 4563/06 de 9/XI/06 en el sentido apuntado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
          1º.- Modificar el numeral 2º de la Resolución Nº 4563/06 de 9/XI/06 en relación al texto del Artículo Primero del Acta de Mitigación, el que tendrá la siguiente redacción: “ PRIMERO: ANTECEDENTES: I) El proceso de desarrollo urbano de la zona comprendida entre la Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera, y las calles 26 de Marzo, Teniente Gral. Galarza, Pedro Bustamante y Tomás de Tezanos, comenzó como consecuencia del Plan de Desarrollo Urbano, aprobado según Decreto No. 26.128 de 16/IX/93, modificado por el actual Plan Urbano de Detalle (Decreto No. 30.146 del 12/XII/02). II) Este Plan comprende una serie de emprendimientos, para la instalación de un complejo de edificios destinados a vivienda, oficinas y locales comerciales, que se construirán en los Padrones Nos. 410.067, 410.068, 410.069 (actual 420.806), 420.731 y 421.828 al 421.831. III) En la zona, delimitada por el Plan referido, ya existen construcciones similares a las propuestas en el presente proyecto, estas son dos torres pertenecientes al complejo World Trade Center y el complejo de las Torres Náuticas y Torre Caelus, formado por tres torres. IV) En el Padrón No. 410.068 se está desarrollando el Complejo denominado World Trade Center Montevideo, según detalles que contiene el gráfico No. 5. Agregado a fs. 39 del expediente SEM No. 6400-000857-06. A la fecha se han construido las torres identificadas con los números 1 y 2 y el basamento o zócalo sobre la Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera, bloques números 3 y 4. La siguiente etapa, comprenderá la torre No. 6 a erigirse próxima a la calle 26 de Marzo. V) En el Padrón No. 410.069 (actual 420.806) está planteado un anteproyecto que incluye una torre (número 10 según el referido gráfico No. 5) de 84 metros de altura, un edificio número 9 de 16,50 (dieciséis con cincuenta) metros de altura, las áreas de esparcimiento propias, y un zócalo perimetral ubicado sobre las calles 26 de Marzo y Dr. Luis Bonavita de 13, 50 metros de altura, con destino comercial y de oficinas. VI) En el Padrón No. 410.067 se están ejecutando las obras de ampliación del centro comercial denominado Montevideo Shopping que consisten en locales comerciales y de entretenimiento y 400 lugares adicionales de parking, más un futuro edificio de oficinas y consultorios. VII) En el Padrón No. 420.731 se construirá la torre No. 12 según gráfico 5 y en los Padrones Nos. 421.828 al 412.831 las torres 14, 15 y 17 según gráfico 5, incluyendo la construcción de un zócalo perimetral de 13.50 de altura, en la forma que ilustra el citado gráfico. VIII) A tal fin, se presentó ante la IMM, la consulta sobre impacto territorial que fue derivado al Servicio de Ingeniería de Tránsito, la que luego de haber estudiado el tema desde el punto de vista de su impacto, concluye en que se trata de un impacto de tránsito vehicular y peatonal, generado por diversos edificios con diferentes destinos, los que fueron aprobados como un proyecto urbano de detalle. En este sentido, se entiende que se debe considerar el impacto acumulado generado por todos los edificios, sugiriendo medidas de mitigación acordes con la magnitud de las obras proyectadas. IX) En el marco del contexto descrito, se concluye que los propietarios de los diferentes predios involucrados, se deberán hacer cargo en forma mancomunada de las obras aconsejadas por la Intendencia Municipal de Montevideo “.-
          2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 5, a las Divisiones Planificación Territorial y Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones y al Servicio de Contralor de la






          Edificación y pase al Servicio de Relaciones Públicas.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-