Resolución N° 1487/21
Nro de Expediente:
2021-2000-98-000018
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
21/04/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
2021-2000-98-000018. AUTORIZACION INSTALACIÓN DE PANTALLAS: SE AUTORIZA CON CARÁCTER PRECARIO Y REVOCABLE A ANTEL A LA INSTALACIÓN DE 6 PANTALLAS TIPO TÓTEMS MODELO OH85F EN AVDA. JACOBO VARELA NOS. 4001/4049, PADRONES NOS. 72476, 409482 Y 409483 CORRESPONDIENTES AL COMPLEJO MULTIFUNCIONAL “ANTEL ARENA”, LAS CUALES SOLO PODRÁN SER UTILIZADAS CON FINES INFORMATIVOS Y/O EDUCATIVOS EN TODO LO CONCERNIENTE AL COVID-19 Y AL PLAN NACIONAL DE VACUNACIÓN.-

Montevideo, 21 de Abril de 2021.-
 

VISTO: las presentes actuaciones vinculadas a la solicitud del Complejo Multifuncional “ANTEL ARENA” de habilitar 6 (seis) pantallas en su explanada para difusión de información sobre el Plan Nacional Coronavirus;

RESULTANDO: 1o.) que con fecha 22 de diciembre de 2020, el Ministerio de Salud Pública aprobó el Plan Nacional de Vacunación dando inicio a una campaña de vacunación progresiva y escalonada de acuerdo a los criterios allí descriptos;

2o.) que en el marco de esta campaña de vacunación, es necesario mantener informada a la población sobre las causas, efectos y recomendaciones científicas vinculadas al COVID-19 con el fin de proteger su salud;

3o.) que asimismo es voluntad de esta Administración adoptar medidas extraordinarias tendientes a disminuir drásticamente la propagación del virus COVID-19 y que la campaña de vacunación se realice de forma exitosa;

CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución No. 1647/13 de 23/04/13 se promulgó el  Decreto Nº 34.592 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el  18 de abril de 2013, el cual facultó a la Intendencia  a suscribir un convenio por el cual se otorgó a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL)  el uso de los inmuebles padrones Nros. 72.476, 409.482 y 409.483, ubicados entre la Avda. José Pedro Varela, la Avda. Dámaso Antonio Larrañaga, la calle Pte. Ing. José Serrato, la Avda. Jacobo Varela y la calle Valladolid, para la instalación, funcionamiento y gestión de un Complejo Multifuncional denominado "ANTEL ARENA" por un plazo de 30 (treinta)  años contados a partir del inicio de las actividades en el Complejo Multifuncional;

2o.) que en el Anexo I, numeral 1.4.2., literal f, del convenio celebrado con ANTEL se consideró la posibilidad de la previsión de condiciones para la instalación de elementos adicionales, según demanda de los posibles eventos”;

3o.) que actualmente en el “ANTEL ARENA” se desarrollan jornadas de vacunación contra el COVID-19, lo que causa la concurrencia significativa y permanente de personas al establecimiento;

4o.) que a los efectos de potenciar y comunicar mejor las medidas y mensajes vinculados  a la emergencia sanitaria,  se entiende necesario la colocación de las pantallas  tipo Tótems modelo OH85F, a los efectos de que en el complejo se brinde información útil, necesaria y actualizada en todo lo que concierne a la lucha contra el COVID-19 y el despliegue del Plan Nacional de Vacunación;

5o.) que esta Administración considera fundamental mantener informada a la población sobro todo lo concerniente a las vacunas, así como sobre la organización de la campaña de vacunación, de manera que se respete la planificación escalonada, la organización de los grupos y se eviten aglomeraciones, por lo que la instalación de los elementos mencionados cumple con los objetivos y lineamientos institucionales;

6o.) que el Departamento de Recursos Financieros se manifiesta de conformidad;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1o.- Autorizar con carácter precario y revocable  a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL)  la instalación de 6 (seis) pantallas tipo Tótems modelo OH85F en Avda. Jacobo Varela Nos. 4001/4049, padrones Nos. 72476,  409482 y 409483 correspondientes al Complejo Multifuncional “ANTEL ARENA”, las cuales solo podrán ser utilizadas con fines informativos y/o educativos en todo lo concerniente al COVID-19 y al Plan Nacional de Vacunación.-

2o.- Comuníquese al Municipìo D, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 11, al Departamento de Recursos Financieros y pase  al Departamento de Secretaría General para que libre comunicación al gestionante y  prosiga al Departamento de Desarrollo Urbano, a sus efectos.-



ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-