Resolución N° 133/11
Nro de Expediente:
4234-000882-10
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
10/1/2011


Tema:
REITERAR GASTO

Resumen:
Reiterar el gasto de $ 68.417,15 y $ 403.801,oo a favor de la Cooperativa Producción Servicios Urbanos, por el servicio de custodia del Parque del Museo de la Memoria (ex-Quinta de Santos), aprobado por Resolución Nº 5217/10 del 8/XI/10.-

Montevideo, 10 de Enero de 2011.-
 
        VISTO: la renovación del Convenio aprobado por Resolución Nº 5217/10 del 8/XI/10, entre la Intendencia y la Cooperativa Producción Servicios Urbanos, para el servicio de custodia del Parque del Museo de la Memoria (ex-Quinta de Santos);
        RESULTANDO: 1º) que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, entiende que el gasto de $ 68.417,15 y $ 403.801,oo (imputaciones preventivas Nºs. 131.934 y 131.935) son observables por contravenir lo dispuesto en los Arts. 15º y 33º del TOCAF;
        2º) que la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Acondicionamiento Urbano informa que se autorizó la imputación con cargo al déficit, habiéndose tomado las previsiones necesarias para mantener el equilibrio presupuestal;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones informa que: a) el programa de cuidaparques a través de cooperativas tiene un perfil social particular, ofrecido por los emprendimientos surgidos de la política social que lleva adelante la Intendencia de inserción laboral y capacitación para la gestión de los pequeños proyectos asociativos; b) de acuerdo a la División Asesoría Jurídica, el contenido de los contratos de Donación Modal, que la Intendencia suscribe, se ajusta a la naturaleza jurídica del contrato de donación y c) la donación modal es un instrumento jurídico, que se utiliza para llevar adelante las políticas sociales, para lo cual se ejerce un acto de liberalidad, pero que no se agota en ello, sino que requiere el cumplimiento de algunas obligaciones no equivalentes, a cargo de la destinataria o donataria que constituye el Modo;
        CONSIDERANDO: 1º) que la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, ha prestado conformidad a las aclaraciones pertinentes;
        2º) lo previsto en los artículos 211º, literal B) de la Constitución de la República y 97º del Texto
        Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Reiterar el gasto de $ 68.417,15 (sesenta y ocho mil cuatrocientos diecisiete pesos uruguayos con quince centésimos) y $ 403.801,oo (cuatrocientos tres mil ochocientos un pesos uruguayos) a favor de la Cooperativa Producción Servicios Urbanos, por el servicio de custodia del Parque del Museo de la Memoria (ex-Quinta de Santos), aprobado por Resolución Nº 5217/10 del 8/XI/10, de acuerdo a los fundamentos expuestos por la División Espacios Públicos y Edificaciones del Departamento de Acondicionamiento Urbano, según informe del 29/XII/10.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros y a la Secretaría General y pase a la Contaduría General.-
PROF. MARIA SARA RIBERO, Intendenta de Montevideo (I.).-
RICARDO PRATO, Secretario General.-