Resolución N° 2267/04
Nro de Expediente:
4740-001883-04
 
JURIDICO
Fecha de Aprobación:
24/5/2004


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por el Sr. Sergio Perrone Cabrera, C.I. Nº 3.563.676-9, contra la multa, que le fuera impuesta el día 10 de enero de 2004, según Intervenido Nº 669624.-

Montevideo, 24 de Mayo de 2004.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por el Sr. Sergio Perrone Cabrera, C.I. Nº 3.563.676-9, contra la multa, que le fuera impuesta el día 10 de enero de 2004, según Intervenido Nº 669624;
        RESULTANDO: 1o.) que el recurrente solicita se deje sin efecto dicho acto administrativo, argumentando que no se negó a colaborar en el examen de espirometría que se le practicara, que el espirómetro estaba defectuoso y que su hija menor, que viajaba en el asiento delantero en brazos de su esposa se encontraba enferma y debió ser asistida en el sitio;
        2o.) que el funcionario actuante ratificó el mérito de la sanción expuesta, consignando además que en ningún momento el reclamante le hizo saber la situación de su hija;
        3o.) que la División Tránsito y Transporte ratificó lo actuado franqueando la alzada;
        CONSIDERANDO: 1º) que el informe de fs. 14 efectúa un análisis circunstanciado de la situación relevada, que le permite concluir que la impugnación debería ser rechazada;
        2º) que el Departamento Jurídico, compartiendo lo dictaminado, que ratifica, propicia el dictado de resolución en tal sentido;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por el Sr. Sergio Perrone Cabrera, C.I. Nº 3.563.676-9, contra la multa, que le fuera impuesta el día 10 de enero de 2004, según Intervenido Nº 669624.-
        2º.- La División Tránsito y Transporte remitirá testimonio de la referida multa, con la constancia de que se trata de un acto administrativo firme, al Departamento de Recursos Financieros, para gestionar el cobro ejecutivo de la misma.-
        3º.- Pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para la notificación correspondiente y a la División Tránsito y Transporte, a los fines previstos en el numeral anterior.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-