Resolución N° 2268/01
Nro de Expediente:
4701-005026-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
25/6/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Convenio IMM-Soc. San Francisco de Sales, refugios peatonales.-

Montevideo, 25 de Junio de 2001.-
 
        VISTO: los convenios suscritos entre esta Intendencia Municipal y la Sociedad San Francisco de Sales - Movimiento Tacurú, con el objetivo de recuperar los refugios peatonales existentes en zonas periféricas de Montevideo;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 948/98 del 23/III/98 se aprobó el convenio a celebrarse entre las partes, el que caducó por haberse saldado el monto previsto en el mismo;
        2º) que la Unidad de Planificación del Transporte Urbano informa que: a) existe una demanda permanente y creciente para reparar refugios, según las inquietudes planteadas por los diferentes Servicios Centros Comunales Zonales y b) por lo expuesto solicita la suscripción de un nuevo convenio;
        3º) que según notas del 10/V/00 y 17/I/01 el Movimiento Tacurú manifiesta su conformidad al nuevo convenio propuesto y establece que los montos unitarios de las tareas acordadas serán los mismos que los del convenio anterior según listado agregado, las que lucen a fs. 36 y fs. 45 a fs. 47 del expediente Nº 4701-005026-98;
        4º) que la División Tránsito y Transporte presta su conformidad;
        5º) que en tal sentido se ingresó al SEFI la Solicitud de Preventiva Nº 47727;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que lo propuesto se enmarca dentro de la política social que propende esta Administración, por lo que corresponde la aprobación del texto del nuevo convenio;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente Proyecto de Convenio a celebrarse entre esta Intendencia Municipal y la Sociedad San Francisco de Sales - Movimiento Tacurú:
        PROYECTO DE CONVENIO
        CONVENIO.- En Montevideo a los ........... días del mes de ................ del año dos mil uno; POR UNA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante I.M.M., representada por ............................ ........................................., con domicilio en la Avenida 18 de Julio Nº 1360.- POR OTRA PARTE : La Institución Sociedad San Francisco de Sales, a través del Movimiento Tacurú, en adelante la Institución representada por el Presbítero Pedro Incio Rey, C.I Nº 3:482.520-8, con domicilio en esta Ciudad, en la calle Bernardo Poncini Nº 1521, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- La Institución seleccionada lleva a cabo la formación y promoción de valores humanos, mediante la dinámica de trabajo personal y comunitario, realizando políticas educativas destinadas a jóvenes en situación de vulnerabilidad.- SEGUNDO: OBJETO.- El objeto del presente Convenio es colaborar con la obra social que realiza la Institución a través de la organización, ocupación y formación de jóvenes en situación de pobreza extrema, a condición de que al mismo tiempo, se obtengan beneficios para la comunidad, por medio del cumplimiento de tareas programadas.- TERCERO: APORTES DE LA INSTITUCION.- A los efectos referidos la Institución seleccionará 6 (seis) jóvenes educandos que realizarán la experiencia educativo laboral para la función de recuperación de refugios peatonales y suplentes para dichas funciones incluyendo los siguientes ítems: A) tareas de relevamiento del estado de los refugios peatonales instalados en las zonas que le sean indicadas por la Unidad de Planificación del Transporte Urbano (en adelante UPTU); B) construcción y suministro de refugios que serán instalados en sustitución de los que presenten deterioros, siendo estos trasladados a la Institución para proceder a su recuperación; C) desmontar los refugios que se encuentren deteriorados e instalación de los que fueren recuperados en sustitución de aquellos; D) remplazar en refugios existentes las chapas faltantes o irrecuperables; E) remplazar parantes faltantes o irrecuperables en refugios existentes; F) reemplazo de la totalidad del techo de los refugios; G) construcción de veredas en refugios en los cuales la misma sea inexistente; H) construcción de bancos de mampostería; I) construcción de mampostería lateral y J) traslado de chaperos indicadores de paradas de transporte colectivo.- CUARTO: RESPONSABILIDADES.- El Movimiento Tacurú será responsable del cuidado de los elementos que sean retirados de la vía pública de que trata este Convenio, evitando sustracciones o daños a los mismos .- QUINTO: CONTROLES.- La UPTU dispondrá de controles a efectos de notificar todo eventual incumplimiento o inobservancia a los trabajos acordados en el presente Convenio. El informe de los controles será entregado al responsable o coordinador del Movimiento Tacurú, en efecto en el domicilio establecido.- SEXTO. APORTE DE LA IMM.- La I.M.M. transferirá a la Institución por concepto de donación modal la suma de $ 600.000,oo (seiscientos mil pesos uruguayos), dicho importe se transferirá de la siguiente forma, un 20% (veinte por ciento) al momento de la firma del presente Convenio para posibilitar el acopio de materiales necesarios y atender otros gastos inherentes a la gestión y el saldo en cuotas mensuales de acuerdo al volumen de trabajo realizado y según los montos unitarios acordados. A estas cotizaciones debe agregarse un 15% (quince por ciento) de apoyo a la propuesta educativa así como un monto para el relevamiento que se sitúa en $ 30.000,oo (treinta mil pesos uruguayos). Estas cifras se ajustarán semestralmente de acuerdo a la evolución del IPC. En este caso las transferencias se realizarán con la conformidad previa de las tareas cumplidas por parte de la UPTU.- SEPTIMO: SEGUIMIENTO Y EVALUACION .- A efectos de cumplir con la evaluación y seguimiento de la tarea, los técnicos de la Unidad de Convenios dependiente de la Prosecretaría General y los técnicos de la UPTU dependientes de la División Tránsito y Transporte, evaluarán en conjunto con la Institución el desempeño de los jóvenes en la tarea, como insumo para la evaluación del proceso educativo de la experiencia laboral. Por su parte la Institución deberá presentar dentro del mes siguiente a la suscripción del Convenio la agenda del apoyo pedagógico que realizará y, en forma cuatrimestral, informes de evaluación ante la citada Unidad de Convenios, dependiente de la Prosecretaría General con quien se evaluará el proceso educativo implementado por la Institución.. OCTAVO: RENDICION DE CUENTAS.- La Institución deberá rendir cuentas mensualmente ante la IMM de la utilización de los fondos transferidos. La IMM se reserva el derecho de efectuar auditorias que permitan verificar que el destino de los fondos transferidos sea el pactado en este Convenio.- NOVENO: VIGENCIA.- El presente Convenio tendrá la duración que demande la ejecución de los trabajos previstos y podrá ser renovado por un monto semejante, evaluación mediante.- DECIMO: DE LAS RESPONSABILIDADES.- La Institución se compromete a adoptar las medidas necesarias para prevenir accidentes de trabajo en los educandos y daños a terceros. De producirse los mismos, la Institución será la responsable de la reparación de los perjuicios que le sean imputables.- DECIMO PRIMERO: INCUMPLIMIENTO.- En caso que a juicio de la UPTU las tareas acordadas en este Convenio sean insatisfactorias, se entregará un cedulón detallando los trabajos que deberán realizarse en forma perentoria acordándose una multa de 2 U.R. (dos unidades reajustables). Sin perjuicio de los establecido en el numeral anterior el incumplimiento de lo acordado habilitará por parte de la IMM la revocación de este Convenio. Para constancia y en señal de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2º.- Delegar en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de suscribir el convenio que se aprueba por el numeral que precede.-
        3º.- Atender la erogación de $ 720.000,oo (setecientos veinte mil pesos uruguayos) con cargo al Programa 403, Subprograma 01, Renglón 5.5.9.-
        4º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, de Recursos Financieros y de Recursos Humanos y Materiales, a la División Tránsito y Transporte y a la Unidad de Convenios y pase por su orden al Servicio de Contabilidad y al Departamento de Acondicionamiento Urbano para la suscripción del referido Convenio.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-