Resolución N° 2764/13
Nro de Expediente:
4009-003757-11
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
1/7/2013


Tema:
REITERAR GASTO

Resumen:
Reiterar el gasto de $ 454.267,00 a favor de la Empresa DERONIR S.A., correspondiente a la Ampliación en un 100% de la adjudicación para la Adquisición de Bienes PMU 029/2011, caratulado "Adquisición de 11.000 metros de cable superplástico para la línea de lámparas de semáforos"

Montevideo, 1 de Julio de 2013.-
 
        VISTO: que por Resolución Nº 2437/13 del 10 de junio de 2013, se amplió en un 100% la adjudicación a la Empresa DERONIR S.A., aprobada por Resolución Nº 4673/11 del 11 de octubre de 2011, y ampliada por Resolución Nº 4965/11 del 31 de octubre de 2011, para la Adquisición de Bienes PMU 029/2011, caratulado "Adquisición de 11.000 metros de cable superplástico para la línea de lámparas de semáforos", en el marco del Préstamo del BID Nº 2040/OC-UR por un monto total de $ 454.267,00 IVA incluido;
        RESULTANDO: 1º) que el 17 de junio de 2013, la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República observó el gasto de referencia por contravenir lo establecido en el Art. 33 del T.O.C.A.F. (Procedimiento) (Sol. 159686);
        2º) que el Área Legal del Departamento de Movilidad informa que: a) la Contadora Delegada observó el gasto correspondiente a la ampliación del contrato, en virtud de considerar que la modalidad de contratación no se ajusta a ninguna de las previstas en el Art. 33 del T.O.C.A.F.; b) de dicha observación se desprende que el Tribunal de Cuentas no considera de aplicación al presente contrato, la excepción prevista en el Art. 45 del mismo texto legal; c) en el contrato del Préstamo se establece en la cláusula 4.01 que la contratación de obras y la adquisición de bienes se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones establecidas en el Documento GN-2349-7. En aplicación de sus Políticas, el BID aprueba previamente los términos de los Pliegos a licitar, de su no objeción previa a la adjudicación avalando los procedimientos seguidos, y en consecuencia realiza el desembolso de los fondos para los pagos correspondientes. No hacerlo así, pondría en riego la ejecución del Proyecto; c) en virutd de la expuesto, este ha sido el criterio seguido por la Unidad Ejecutiva del Plan de Movilidad Urbana desde la suscripción del Contrato de Préstamo, hasta la fecha, amparados por el régimen excepcional del antes art. 42 y actual 45 del T.O.C.A.F., se entiende imprescindible a efectos de continuar con el tramite, proceder a la reiteración del gasto;
        3º) que el Departamento de Movilidad avala lo informado precedentemente, solicitando el dictado de la Resolución en el sentido indicado;
        CONSIDERANDO: lo previsto en los
        artículos 211, inciso B) de la Constitución de la República y 97º del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Reiterar el gasto de $ 454.267,00 (pesos uruguayos cuatrocientos cincuenta y cuatro mil doscientos sesenta y siete) a favor de la Empresa DERONIR S.A., correspondiente a la Ampliación en un 100% de la adjudicación para la Adquisición de Bienes PMU 029/2011, caratulado "Adquisición de 11.000 metros de cable superplástico para la línea de lámparas de semáforos", establecida por Resolución Nº 2437/13 del 10 de junio de 2013, la cual se atendió según la solicitud SEFI Nº 159686.
        2.- Se dispone la reiteración del gasto de acuerdo con el informe del Área Legal del Departamento de Movilidad que se indica en el Resultando 2º) de la presente Resolución.
        3.- Comuníquese a la Secretaría General, Departamento de Recursos Financieros, a la Unidad Ejecutiva del Plan de Movilidad Urbana y pase a la Contaduría General a sus efectos.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-