Resolución N° 526/08
Nro de Expediente:
4740-000070-08
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
7/2/2008


Tema:
LICENCIAS

Resumen:
Se concede, a partir del 7 de abril de 2008 y por el término de 1 (un) año, en carácter de excepción, licencia extraordinaria sin goce de sueldo, al funcionario Sr. Juan Pablo Font.-

Montevideo, 7 de Febrero de 2008.-
 
        VISTO: la solicitud del funcionario Sr. Juan Pablo Font, quien se desempeña en el Servicio de Vigilancia de la División Tránsito y Transporte;
        RESULTANDO: 1o.) que dicho funcionario solicita se le conceda licencia extraordinaria sin goce de sueldo, a partir del 7 de abril de 2008 y por el término de 1 (un) año, a fin de poder finalizar los estudios de francés que lleva a cabo en la Ciudad de Quebec, restándole un año para finalizarlos;
        2o.) que el Departamento de Acondicionamiento Urbano, la División Tránsito y Transporte y el Servicio de Vigilancia, se manifiestan de conformidad;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales estima procedente el dictado de resolución, autorizando la licencia extraordinaria sin goce de sueldo solicitada;
        LA INTENDENTA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Conceder, a partir del 7 de abril de 2008 y por el término de 1 (un) año, en carácter de excepción, licencia extraordinaria sin goce de sueldo, al funcionario Sr. Juan Pablo Font, C.I. Nº 3.275.339.-
        2o.- Autorizar al titular a que, en caso de ser necesario, se reintegre sin más trámite antes del vencimiento de la licencia concedida, bastando para ello su presentación ante la Dirección del Servicio de Vigilancia, mediante un acta, expresando su voluntad de interrumpir dicha licencia.-
        3o.- Tanto en este caso, como en aquella circunstancia en que se produjera el vencimiento definitivo de la licencia extraordinaria concedida al titular, la Dirección del Servicio de Vigilancia deberá comunicar de inmediato al Servicio de Administración de Recursos Humanos, Unidad Información de Personal, la fecha del reintegro efectivo del titular a fin de que el mismo sea puesto en situación de ACTIVO APTO AL COBRO en el S.R.H. y la habilitación de los relojes para el registro de asistencia. La omisión de tal comunicación será considerada falta pasible de sanción.-
        4o.- El funcionario, a su reintegro a la función, deberá concurrir al Servicio de Liquidación de Haberes - Unidad Beneficios Funcionales, a los efectos de solicitar su reingreso al beneficio del Seguro de Salud.-
        5o.- Comuníquese al Departamento de Acondicionamiento Urbano; a la División Tránsito y Transporte; a la Unidad Información de Personal; a los Servicios de Vigilancia, de Planeamiento y Desarrollo de Recursos Humanos y de Liquidación de Haberes; y pase, por su orden, a los Servicios Central de Inspección General, para notificación al interesado y de Administración de
        Recursos Humanos, a sus efectos.-
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta Municipal (I.).-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-