Resolución N° 307/13
Nro de Expediente:
5412-002551-12
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
21/1/2013


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Se deja sin efecto la aplicación del impuesto a la Edificación Inapropiada a todas las unidades del inmueble padrón Nº 92.898, ubicado en la calle Luis Piera Nº 2053, en cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Sentencia Definitiva Nº 537 de fecha 28 de agosto de 2012.

Montevideo, 21 de Enero de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con los Copropietarios del Edificio Torre Casino (ex Katidel S.A.) contra la Resolución que aplicó el impuesto a la Edificación Inapropiada a todas las unidades del inmueble padrón Nº 92.898, ubicado en la calle Luis Piera Nº 2053;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 4547/08 de 20 de octubre de 2008, se dispuso no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la firma Katidel S.A. contra la Resolución que aplicó el impuesto a la Edificación Inapropiada a todas las unidades del inmueble padrón Nº 92.898;
        2o.) que los Copropietarios del Edificio Torre Casino, se presentaron ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, solicitando la nulidad del acto sancionatorio;
        3o.) que el mencionado Tribunal dictó Sentencia Definitiva Nº 537 de 28 de agosto de 2012, en el juicio caratulado COPROPIETARIOS DEL EDIFICIO TORRE CASINO C/IMM - ACCION DE NULIDAD, FICHA 92/09, que ampara la demanda incoada anulando el acto administrativo impugnado, por razones ajenas al mérito;
        4o.) que el Servicio de Actividades Contenciosas expresa, que la sentencia que anula un acto administrativo tiene como efecto "ex tunc", esto es, opera en forma retroactiva, por lo cual corresponde se deje sin efecto el impuesto aplicado mediante el dictado de una Resolución y se vuelva al estado anterior al dictado del referido acto;
        5o.) que la División Administración de Ingresos entiende procedente el dictado de la resolución que deje sin efecto la aplicación del impuesto a la Edificación Inapropiada a todas las unidades del inmueble padrón Nº 92.898;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros procede proveer de conformidad con los dictámenes producidos;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Dejar sin efecto la aplicación del impuesto a la Edificación Inapropiada a todas las unidades del inmueble padrón Nº 92.898, ubicado en la calle Luis Piera Nº 2053, en cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en Sentencia Definitiva Nº 537 de fecha 28 de agosto de 2012.-
        2o.- Comuníquese a la Asesoría Jurídica, a la División Administración de Ingresos, a los Servicios Contralor de la Edificación y de Actividades Contenciosas y pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación de los interesados y demás efectos.-
PROF. MARIA SARA RIBERO, Intendenta de Montevideo (I).-
RICARDO PRATO, Secretario General.-