Resolución N° 345/13/4000
Nro de Expediente:
4112-014935-12
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
5/8/2013


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
Se autoriza con carácter temporal, precario y revocable, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a venta por mayor y menor de indumentaria femenina, ubicado en el predio Padrón Nº 29.546, sito con frente a la Avda. Brasil Nº 2725, propiedad de Vicky S.R.L..-

Montevideo, 5 de Agosto de 2013.-
 
        VISTO: que Vicky S.R.L. solicita regularizar el establecimiento destinado a venta por mayor y menor de indumentaria femenina, ubicado en el predio empadronado con el Nº 29.546, sito con frente a la Avda. Brasil Nº 2725;
        RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada de 779 m2 sobre una superficie de terreno de 516 m2;
        2º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito, con la conformidad de la División Tránsito y Transporte, informa que se declara la utilización de vehículos que se ajustan a las exigencias de la zona y cuenta con reserva de espacio en la vía pública gestionada por Expediente Nº 4711-000933-07;
        3º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 y el Municipio CH no tienen objeciones que formular;
        4º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que si bien se supera el área máxima admitida para la zona (Art. D.323 del POT) dado los informes favorables propicia su autorización condicionada de acuerdo con lo informado a fs. 23 de estas actuaciones;
        5º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10 la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la ampliación o regularización de establecimientos de hasta 1500 metros cuadrados de usos no residenciales con destinos diferentes a los admitidos en la normativa aplicable para la zona de implantación y características de funcionamiento, siempre que no impliquen interferencias graves con el entorno inmediato y hayan merecido informes favorables de las oficinas competentes;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar con carácter temporal, precario y revocable, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a venta por mayor y menor de indumentaria femenina, ubicado en el predio empadronado con el Nº 29.546, sito con frente a Avda. Brasil Nº 2725, propiedad de Vicky S.R.L., condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) las operaciones de carga y descarga de mercadería deberán realizarse sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal haciendo uso de la reserva de espacio adquirida en la vía pública a tales efectos, debiendo respetarse en todos sus términos lo establecido por Resolución Nº 1260/08 del 31/III/08 y las limitaciones previstas al transporte de carga dispuesta por Resolución Nº 2488/09 del 22/VI/09 y su modificativa Nº 1160/12 del 19/III/12;
        c) los residuos sólidos deberán gestionarse de acuerdo con la normativa vigente contenida en los Arts. D.1896 a D.1928 del Volumen VI del Digesto;
        d) se obtenga el certificado de la Dirección Nacional de Bomberos;
        e) no se produzcan en el futuro ampliaciones de ningún tipo del establecimiento que modifiquen las actuales características;
        f) no se trabaje fuera de la jornada de labor declarada de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas y sábado medio día;
        g) no se depositen productos que a juicio de la Dirección Nacional de Bomberos y del Servicio de Salubridad Pública, puedan producir riesgos o perjuicios al medio ambiente;
        h) deberá ajustarse a lo dispuesto por el Art. D.218, Volumen IV "Plan Ordenamiento Territorial, Urbanismo" del Digesto, en cuanto a los usos del suelo se refiere;
        i) la interesada dentro de un plazo de 3 (tres) meses, deberá presentar la correspondiente habilitación y retirar el duplicado de este trámite y
        j) se dará cumplimiento a la normativa ambiental vigente sobre efluentes líquidos a nivel nacional (Decreto Nº 253/79 y modificativos) y departamental (Decreto Nº 13.982 y Res. Nos. 761/96, 117/97 y 162/97).-
        2º.- Comuníquese al Municipio CH, a las Divisiones Tránsito y Transporte y Limpieza, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 5, de Ingeniería de Tránsito y pase al Servicio de Contralor de la Edificación para su notificación.-

Arqta. Laura Methol, Directora General (I).-