Resolución N° 468/05/4000
Nro de Expediente:
3250-002752-05
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
6/6/2005


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Reserva de espacio para la Escuela Nº 107 "República de Costa Rica" en la calle Estero Bellaco.-

Montevideo, 6 de Junio de 2005.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por la Escuela Nº 107 "República de Costa Rica", tendiente a obtener una reserva de espacio en la calle Estero Bellaco frente al Nº 2559;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable, en la calle Estero Bellaco frente al Nº 2559, entre las calles Monte Caseros y Carlos Anaya, en una longitud de 21 metros, de lunes a viernes de 07:00 a 18:00 horas;
        2º) que de acuerdo con lo dispuesto en el Art. R.424.122, literal c, del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal, la peticionante está exonerada del pago del costo mensual;
        CONSIDERANDO: 1°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 9 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal;
        2°) que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Conceder reserva de espacio a la Escuela Nº 107 "República de Costa Rica", en la calle Estero Bellaco frente al Nº 2559, entre las calles Monte Caseros y Carlos Anaya, en una longitud de 21 metros, de lunes a viernes de 07:00 a 18:00 horas.-
        2°.- Establecer que la misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para el ascenso y descenso de alumnos estando exonerada del pago de las tarifas previstas.-
        3°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, al Servicio de Vigilancia y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ING. ALBERTO ORTEGA, Director General.-