Resolución N° 469/03/4000
Nro de Expediente:
4711-002898-02
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/5/2003


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Conceder reserva espacio estacionamiento vehículos, Emprex S.A., Tacuarembó entre Avda. 18 de Julio y Colonia.-

Montevideo, 12 de Mayo de 2003.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por Emprex S.A., tendiente a obtener una reserva de espacio en la calle Tacuarembó, entre las Avda. 18 de Julio y la calle Colonia;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable, en una longitud de 7 metros para su uso los días sábados de 08:00 a 13:00 y de lunes a viernes de 09:00 a 16:00, debiéndose abonar por concepto de señalamiento y previo al mismo la suma de 10 U.R., siendo la tarifa mensual de 11,20 U.R.;
        2°) que la interesada prestó conformidad con la tarifa dispuesta, según surge a fs. 24 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: 1°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 6 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal;
        2°) que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento





        de vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Conceder reserva de espacio para el estacionamiento de vehículos a Emprex S.A., en la calle Tacuarembó, entre la Avda. 18 de Julio y la calle Colonia, en una longitud de 7 metros para su uso los días sábados de 08:00 a 13:00 y de lunes a viernes de 09:00 a 16:00.-
        2°.- Establecer que la misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para carga y descarga de mercadería y estará sujeta al costo mensual de 11,2000 U.R. (once unidades reajustables con dos mil diezmilésimas), debiendo abonar por concepto de señalamiento por única vez y previo al mismo, la suma de 10 U.R. (diez unidades reajustables), ambas cifras se harán efectivas en el Servicio de Ingresos Comerciales.-
        3°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, a los Servicios de Vigilancia y de Ingresos Comerciales y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-