Resolución N° 868/08/4000
Nro de Expediente:
3270-016544-08
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
8/12/2008


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar al Centro Evangelístico de la Asamblea de Dios el uso de la plaza sita en las calles Agaces y Pres. Ing. José Serrato, para realizar un evento religioso, entre los días 9 y 13 de diciembre del presente año, en el horario de 19:00 a 21:00 horas.-

Montevideo, 8 de Diciembre de 2008.-
 
        VISTO: la solicitud del Centro Evangelístico de la Asamblea de Dios para que se le conceda el uso de la plaza sita en las calles Agaces y Pres. Ing. José Serrato, para realizar un evento religioso, entre los días 9 y 13 de diciembre del presente año, en el horario de 19:00 a 21:00 horas;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 6 no tiene objeciones para su realización;
        2º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, condicionado a que el gestionante deberá: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y al cumplimiento del horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en dicha actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) responsabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales, césped y demás instalaciones del espacio de superficie aéreo o subterráneo, prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa vigente; c) cumplir con la normativa ambiental vigente, prohibiéndose el estacionamiento de vehículos sobre la vereda o en espacios verdes, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollarse; d) tomar las medidas necesarias para una circulación peatonal segura en la zona donde se realiza el evento y e) efectuar las coordinaciones que correspondan con el Servicio Central de Inspección General y Centro Comunal Zonal N° 6;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar al Centro Evangelístico de la Asamblea de Dios el uso de la plaza sita en las calles Agaces y Pres. Ing. José Serrato, para realizar un evento religioso, entre los días 9 y 13 de diciembre del presente año, en el horario de 19:00 a 21:00 horas; condicionado a que el gestionante deberá: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y al cumplimiento del horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en dicha actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) responsabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales, césped y demás instalaciones del espacio de superficie aéreo o subterráneo, prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa vigente; c) cumplir con la normativa ambiental vigente, prohibiéndose el estacionamiento de vehículos sobre la vereda o en espacios verdes, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollarse; d) tomar las medidas necesarias para una circulación peatonal segura en la zona donde se realiza el evento y e) efectuar las coordinaciones que correspondan con el Servicio Central de Inspección General y Centro Comunal Zonal N° 6.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 6 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-