Resolución N° 249/99/4000
Nro de Expediente:
4711-011726-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/2/1999


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Herracor S.A., ampliación reserva Cerro Largo Nº 1065

Montevideo, 12 de Febrero de 1999.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por Herracor S.A., tendiente a ampliar a 18 mts. su reserva de espacio para estacionamiento de vehículos en la calle Cerro Largo frente a los Nos. 1065/67;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que: a) por Resolución Nº 872/96 de 21/VI/96 se concedió a la mencionada Empresa, reserva de espacio, con carácter precario y revocable , en una longitud de 7 mts., utilizándose de lunes a viernes de 08:00 a 19:00 y sábados de 08:00 a 13:00 horas y b) puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable, señalizándose mediante pintura de cordón y cartel indicador correspondiente;
        2°) que la Empresa interesada prestó conformidad con la tarifa dispuesta, según surge a fs. 6 vta. de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: 1°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral VI del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal, procede proveer de conformidad;
        2°) que por Resolución Nº 583/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;

        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Modificar la Resolución Nº 872/96 del 21/VI/96, concediendo reserva de espacio para el estacionamiento de vehículos a Herracor S.A., en la acera Norte de la calle Cerro Largo frente al N° 1065, con una extensión de 18 (dieciocho) metros, para ser utilizada de lunes a viernes de 07:00 a 19:00 horas.-
        2°.- Establecer que la misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para la carga y descarga de mercadería y estará sujeta al costo mensual de 43,2000 U.R. (cuarenta y tres unidades reajustables con dos mil diezmilésimas) debiendo abonar por concepto de señalamiento por única vez y previo al mismo, la suma de 12 U.R. (doce unidades reajustables), ambas cifras se harán efectivas en el Servicio de Ingresos Comerciales.-
        3°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, a los Servicios de Vigilancia y de Ingresos Comerciales y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-