Resolución N° 166/09/6300
Nro de Expediente:
9079-003038-08
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
6/7/2009


Tema:
CLAUSURA

Resumen:
Se clausuran las actividades del Gimnasio ESPARTA, ubicado en la Av. 8 de Octubre No. 4265, por incumplimiento a los Artículos Nos. 1o., 5o., 6o., 7o.y 1o. y 5o. de los Decretos Nos. 16081 y 17.918 (Ordenanza sobre Ruidos Molestos) de la Junta Departamental de Montevideo, respectivamente.

Montevideo, 6 de Julio de 2009.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Gimnasio ESPARTA, sito en la Av. 8 de Octubre No. 4265, que gira en el ramo de gimnasio, dentro del límite del Servicio Centro Comunal Zonal No. 6;
        RESULTANDO: 1o) que el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, viene realizando desde mayo de 2008, inspecciones en el citado gimnasio, constatando ruidos sonoros que superan los admisibles para esa zona;
        2o) que con fecha 2 de junio de 2009, el Servicio mencionado, efectuó una inspección según Acta No. 21269, que corre a fs. 19 de las actuaciones No. 9079-003038-08, constatando que se continúa con los ruidos molestos con niveles sonoros inadmisibles, intimándose en dicho acto al cese de las molestias y a la presentación de los descargos en un plazo de 10 días, bajo apercibimiento de clausura;
        3o) que el Servicio actuante culmina su informe indicando que vencido el plazo la firma infractora no ha presentado descargos ni ha cumplido con las ordenanzas municipales vigentes;
        CONSIDERANDO: 1o) que la Dirección del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, sugiere la clausura de las actividades del Gimnasio ESPARTA, por incumplimiento a los Artículos Nos. 1o., 5o., 6o., 7o.y 1o. y 5o. de los Decretos Nos. 16081 y 17.918 (Ordenanza sobre Ruidos Molestos) de la Junta

        Departamental de Montevideo, respectivamente;
        2o) que según Resolución No. 3220/05 de fecha 13 de julio de 2005, el Intendente Municipal de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de otras características cuando existieran transgresiones a la normativa municipal, debidamente constatadas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
      1o.-Clausurar las actividades del Gimnasio ESPARTA, ubicado en el local sito, en la Av. 8 de Octubre No. 4265, por incumplimiento a los Artículos Nos. 1o., 5o., 6o., 7o. y 1o. y 5o. de los Decretos Nos. 16081 y 17.918 (Ordenanza sobre Ruidos Molestos) de la Junta Departamental de Montevideo, respectivamente y por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
      2o.-Encomendar al Servicio Central de Inspección General que proceda a la clausura del mencionado local.
      3o.-Comuníquese a la Junta Local No. 6, a los Servicios Central de Inspección General y Centro Comunal Zonal No. 6 y pase al Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas para el control del cumplimiento.

Lic. Geól. NESTOR CAMPAL, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental .-