Resolución N° 1068/07/4000
Nro de Expediente:
1040-004746-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
27/12/2007


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 19,7880 U.R. a los Sres. Gabriela Beatriz, Juan Manuel Sastre Anolles C.I. Nos. 1:877.408-5 y 1:877.320-7 y otros propietarios del inmueble empadronado con el Nº 2563, sito en la calle Guaraní Nos. 1526/28.-

Montevideo, 27 de Diciembre de 2007.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 2.563, sito con frente a la calle Guaraní Nos. 1526/28 propiedad de los Sres. Gabriela Beatriz y Juan Manuel Sastre Anolles C.I. Nos. 1:877.408-5 y 1:877.320-7, Raquel Beatriz Lavagnino Angles, C.I. N° 579.704-8, Luis César Lavagnino Vaillant C.I. Nº 779.060-0 y Víctor Carlos Lavagnino Vaillant C.I. Nº 778.990-4, Rito Alvaro Etchelar Lavagnino, C.I. N° 1:803.256-4, Francisco, Delia Haydee, Armando Ruben y Sofía Dolores Caffera Abadie, Nieves Lavagnino Barrabino, Blanca Paula y Juan Santiago Gravano Lavagnino;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) corresponde aplicar una multa de 19,7888 U.R., según lo que establece el literal A, inciso c, numeral 12, Art. 3º y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará por concepto de contumacia, de conformidad con el Decreto N° 29.434, Art. 33, un incremento en el valor de la Contribución Inmobiliaria equivalente a un 100%;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 19,7880 U.R. (diecinueve unidades reajustables con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) a los Sres. Gabriela Beatriz y Juan Manuel Sastre Anolles C.I. Nos. 1:877.408-5 y 1:877.320-7, Raquel Beatriz Lavagnino Angles, C.I. N° 579.704-8, con domicilio en la calle Abayubá N° 2908, Luis César Lavagnino Vaillant C.I. Nº 779.060-0, con domicilio en la calle Juan José de Arteaga N° 1317, apto. 501, Víctor Carlos Lavagnino Vaillant C.I. Nº 778.990-4, con domicilio en Avda. Sarmiento N° 2527 bis, Apto. 402, Rito Alvaro Etchelar Lavagnino, C.I. N° 1:803.256-4, con domicilio en Cno. Maldonado N° 5345, Francisco, Delia Haydee, Armando Ruben y Sofía Dolores Caffera Abadie, Nieves Lavagnino Barrabino, Blanca Paula y Juan Santiago Gravano Lavagnino, propietarios del inmueble empadronado con el Nº 2563, sito en la calle Guaraní Nos. 1526/28, con domicilio en la calle Soriano Nº 826 Piso 3, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a los infractores que si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará por concepto de contumacia, de conformidad con el Decreto N° 29.434, Art. 33, un incremento en el valor de la Contribución Inmobiliaria equivalente a un 100%.-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a los infractores, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. LAURA METHOL, Directora General (I).-