Resolución N° 4413/24
Nro de Expediente:
2024-1564-98-000009
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
14/10/2024


Tema:
VARIOS

Resumen:
RESERVADA. SE DECLARA INFORMACIÓN RESERVADA, LA QUE SE GENERE EN LA UNIDAD DE EXPROPIACIONES Y TOPOGRAFÍA.-

Montevideo, 14 de Octubre de 2024.-
 

                        VISTO: que la Unidad de Expropiaciones y Topografía, con la conformidad de la Dirección General del Departamento de Planificación promueve la declaración como información reservada, de toda la que se genere en la referida Unidad, de acuerdo a lo establecido en la Ley N.º 18.381 y en mérito a que la reserva dispuesta por Resolución N.º 3831/09 de 9 de setiembre de 2009, cumplió 15 (quince) años y se mantienen los motivos que la originaron oportunamente;

                         RESULTANDO: 1o.) que lo propiciado se fundamenta en lo dispuesto por el artículo 9º, literal E) de la citada "Ley sobre Derecho de acceso a la información pública";

2o.) que la difusión pública de la información que dispone la precitada Unidad, como las tasaciones que se realizan y los valores de tierras e inmuebles en trámite de expropiación, puede ser usada ventajosamente por quienes tienen interés en dichos trámites o bienes sujetos a trámite expropiatorio y/o por terceros en connivencia con éstos, dando lugar a especulaciones inmobiliarias, en perjuicio de la Administración o de terceros, lo que representa elementos objetivos que permiten determinar una expectativa razonable de un daño al interés público protegido, de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 20 del Decreto N.º 232/010, reglamentario de la Ley N.º 18.381;

3o.) que por Resolución N.º 3909/24 de 13 de setiembre de 2024 se declaró reservada por el término de 15 (quince) años toda la información en poder o que se genere en la Unidad Administradora de Bienes Inmuebles Departamentales y Municipales y en especial la referida a la propiedad u otras formas de dominio de bienes inmuebles departamentales y municipales, incluida la que pudiera existir en otras dependencias y refieran al mismo objeto, cualquiera sea su soporte;

                         CONSIDERANDO: que conviene al interés de esta Administración prorrogar la clasificación como reservada, al amparo de la normativa mencionada, la información en poder o que se genere en dicha Unidad, mientras se encuentren sin culminar los procesos administrativos;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Declarar información reservada por el término de 15 (quince) años o hasta la culminación del procedimiento administrativo expropiatorio, toda la información en poder o que se genere en la Unidad de Expropiaciones y Topografía, perteneciente a la Gerencia de Producción, Gestión y Análisis de la Información del Departamento de Planificación al amparo del artículo 9º y su literal E) de la Ley N.º 18.381 y su decreto reglamentario.-

2.- Comuníquese a la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP), dependiente de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Departamentos -quienes notificarán a sus respectivas dependencias- a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, a Contaduría General, al Servicio de Escribanía, a las Unidades Administradora de Bienes Inmuebles Departamentales, Expropiaciones y Topografía, Acceso a la Información Pública y pase al Departamento de Planificación a sus efectos.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-

FEDERICO JOSÉ GRAÑA VIÑOLY, ---.-