VISTO: el Decreto Nº 38.857 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 12 de setiembre de 2024 y recibido por este Ejecutivo el 16 de setiembre del mismo año, por el cual de conformidad con la Resolución Nº 2454/24 de 03/06/24 se sustituyen los artículos D.47, D.141, D.148, literal N) del artículo D.118, literal P) del artículo D. 118 y se incorpora el artículo D.98.3.2, los que pertenecen a diferentes capítulos “Del estatuto del funcionario”, Parte Legislativa, Libro II “De la relación funcional”, del Volumen III “Relación Funcional” del Digesto Departamental;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Promúlgase el Decreto Nº 38.857 sancionado el 12 de setiembre de 2024.-
2.- Publíquese y comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca Jurídica y pase por su orden al Sector Despacho para su incorporación al Registro, a la División Información y Comunicación para adjuntar al expediente y comunicar a la Junta Departamental de Montevideo la constancia de publicación y a la División Asesoría Jurídica a sus efectos.-
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