Resolución N° 136/24/8000
Nro de Expediente:
2023-8014-98-000293
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
14/3/2024


Tema:
REGLAMENTOS

Resumen:
Aprobar el reglamento sanitario para el cuidado y mantenimiento de la salud y bienestar de los caballos participantes de la 97ª Semana Criolla del Prado 2024.-

Montevideo, 14 de Marzo de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la aprobación del reglamento sanitario para el cuidado y mantenimiento de la salud y el bienestar de los caballos participantes en las diferentes disciplinas que se desarrollarán en la 97ª Semana Criolla del Prado a llevarse a cabo del 24 al 31 de marzo de 2024, en el predio que usufructúa la Asociación Rural del Uruguay;
        RESULTANDO: 1o.) que a tales efectos la Gerencia de Festejos y Espectáculos remite un proyecto de texto del mencionado reglamento;
        2o.) que enviado para el control jurídico formal a la Asesora Legal del Departamento, le efectúa una serie de observaciones que se recogen en el texto definitivo que se eleva para su aprobación
        CONSIDERANDO que por Resolución
        Nº 4257/20 del 01/12/2020, la Sra. Intendenta de Montevideo, delegó en la Dirección General del Departamento de Cultura, la facultad, entre otras, de aprobar la reglamentación de los diversos concursos, con comunicación inmediata a la Sra. Intendenta;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA,
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar el reglamento sanitario para el cuidado y mantenimiento de la salud y el bienestar de los caballos participantes en las diferentes disciplinas que se desarrollarán en la 97ª Semana Criolla del Prado a llevarse a cabo del 24 al 31 de marzo de 2024 en el predio que usufructúa la Asociación Rural del


        Uruguay que a continuación se transcribe:
        REGLAMENTO SANITARIO PARA LA
        “97ª SEMANA CRIOLLA 2024”
        1º) El cuidado de la salud y bienestar de los caballos participantes de esta disciplina debe llevarse a cabo de acuerdo a las normas legales vigentes y las reglamentaciones dictadas por el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca de la República Oriental del Uruguay.
        2º) El veterinario, responsable de la salud de los caballos y de las disposiciones veterinarias, es el asesor y auditor del bienestar, acondicionamiento y salud de los caballos que participen en el evento. La verificación de la sanidad equina será responsabilidad exclusiva de la autoridad veterinaria mientras dure el evento.
        3º) La/os propietarios de los equinos serán responsables de presentar caballos en buenas condiciones de salud debiendo cumplir con las normas de bienestar animal vigentes en la Ley Nº 18.471 de fecha 27/03/2009, concordantes y modificativas.
        4º) Se proporcionará alojamiento adecuado: higiene, ventilación y cama. Asimismo, se proporcionará forraje para su alimentación y agua fresca.
        5º) Ningún caballo debe ingresar ni abandonar el predio del evento sin el conocimiento y consentimiento del capataz de campo.
        6º) Las/os responsables del equino deberán colaborar en todo momento con los veterinarios del evento.
        7º) Los equinos al ingreso al predio deberán cumplir con los requisitos exigidos de: guía de propiedad y tránsito, certificado sanitario particular de D.S.A. - M.G.A.P, expedido por veterinario en lugar de origen firmado y con timbre: vacunas contra rinoneumonitis, influenza y tétanos.
        8º) Los animales serán revisados al ingresar al predio y antes de cada prueba por el veterinario responsable y capataz de manga quienes darán o no el visto bueno para la participación de los mismos.
        9º) Si algún caballo sufre una lesión de tal gravedad que determine su sacrificio (eutanasia), la persona responsable del caballo o un representante debe dar su aprobación por escrito. Si esto no fuera posible, el veterinario del evento actuará para evitar el sufrimiento del caballo.
        10º) La organización contará con una ambulancia veterinaria.
        11º) La organización de la prueba y el veterinario responsable del evento son los encargados de tomar las medidas para prevenir y controlar las enfermedades infecciosas y contagiosas durante el desarrollo del mismo.
        12º) Queda expresamente prohibido el uso de sustancias estimulantes de cualquier índole que alteren el normal comportamiento del animal durante el transcurso de toda la competencia. Se realizarán pruebas aleatorias de sustancias estimulantes no autorizadas a los caballos en concurso y a los animales que por diferentes motivos puedan morir durante la realización del evento.
        13º) El incumplimiento o contravención de los propietarios de los equinos de las disposiciones aquí dispuestas, podrá ameritar la inhabilitación de la tropilla correspondiente en la presente Semana Criolla y/o en futuras ediciones.
        2.- Comuníquese al Departamentos de Secretaría General; a la División Información y Comunicación; a la Unidad Festejos y Espectáculos y pase a la Gerencia de Festejos y Espectáculos.-

PROFA. MARÍA INÉS OBALDÍA, Directora General del Departamento de Cultura.-