Resolución N° 273/25/8000
Nro de Expediente:
2025-8008-98-000070
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
30/5/2025


Tema:
BASES

Resumen:
Aprobar las bases que regirán el Concurso Literario 2025 conforme a las disposiciones previstas en el convenio con la Casa de los Escritores en el marco del Programa Fortalecimiento de las Artes.-

Montevideo, 30 de Mayo de 2025.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas a la convocatoria para proyectos de Talleres Literarios 2025 en el marco del Programa Fortalecimiento de las Artes;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 1823/25 del 09/05/2025 se aprobó el texto del convenio entre la Intendencia de Montevideo y la Casa de los Escritores cuyo objeto era fijar pautas de colaboración para promover y difundir la realización literaria a través de talleres, conferencias, lecturas, etc;
        2o.) que se eleva para su aprobación el texto de las bases que regirán dicha convocatoria las cuales lucen adjuntas en obrados;
        3o.) que la Asesora Legal del Departamento de Cultura le realiza una serie de observaciones que se recogen en el texto definitivo que se eleva para su aprobación;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución
        Nº 4257/20 del 1/12/2020, la Sra. Intendenta de Montevideo, delegó en la Dirección General del Departamento de Cultura, la facultad, entre otras, de aprobar la reglamentación de los diversos concursos, con comunicación inmediata a la Sra. Intendenta;

        2o.) que dichas delegaciones fueron confirmadas por Resolución Nº 2973/24 de


      12/07/2024;
      LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
      RESUELVE:
        1.- Aprobar las bases que regirán la convocatoria para Proyectos de Talleres Literarios 2025 conforme a las disposiciones previstas en el convenio con la Casa de los Escritores, en el marco del Programa Fortalecimiento de las Artes, según el siguiente texto:
        BASES DE LA CONVOCATORIA 2025 PARA PROYECTOS DE TALLERES LITERARIOS
        1) CONVOCATORIA. La Intendencia de Montevideo, por intermedio del Departamento de Cultura, según el convenio con Casa de los Escritores en el marco del Programa Fortalecimiento de las Artes y la designación de Montevideo como Ciudad Creativa Literaria UNESCO, convocan a la presentación de proyectos para el dictado de Talleres Literarios correspondientes al ciclo 2025.
        2) OBJETIVOS. En el marco del Programa de Fortalecimiento de las Artes es objetivo de este llamado favorecer la más amplia libertad de creación literaria, promoción y difusión de la lectura y la literatura. Asimismo, el objetivo de la designación de Montevideo como Ciudad Creativa Literaria UNESCO es potenciar el acceso a la literatura y la creatividad como medio de desarrollo en contextos urbanos cambiantes. En este sentido y en consonancia con los lineamientos transversales que se ha trazado la Intendencia de Montevideo, se propone:
        • estimular la creación nacional en todas sus formas;
        • fomentar la lectura y la literatura nacional;
        • promover la creación de proyectos que incluyan las temáticas de la no discriminación, los diferentes colectivos no visualizados y que favorezcan la



        cohesión e inclusión social.
        3) PARTICIPANTES, CONDICIONES GENERALES E IMPEDIMENTOS:
        1. El llamado es abierto y público para ciudadanos y ciudadanas uruguayas, así como para personas extranjeras con residencia fija en el país que cuenten con cédula de identidad vigente.
        2. Las personas interesadas deberán presentar un proyecto de trabajo que contemple la realización de actividades de dos horas de duración, una vez por semana, durante el período de julio a diciembre de 2025. El proyecto podrá estar dirigido a infancias, adolescencias, juventudes o personas adultas.
        3. Los días, horarios y lugar de realización del taller serán coordinados con la Intendencia de Montevideo y la Casa de los Escritores, una vez seleccionadas las propuestas ganadoras. En caso de no llegarse a un acuerdo, se convocará a otras propuestas de una lista de prelación.
        4. La persona tallerista deberá entregar un informe de actuación y evaluación una vez finalizado el taller, así como llevar el control de asistencia y participación de quienes concurran.
        5. La remuneración será de $ 1063 (mil sesenta y tres pesos uruguayos) nominales por hora de taller dictada, más una hora mensual adicional por concepto de coordinación y evaluación. Esta remuneración se ajustará a lo establecido en el Estatuto del Artista y Oficios Conexos (Ley N.º 18.384), y se tomará como referencia los aranceles aprobados por la Casa de los Escritores del Uruguay. El pago será realizado según lo establecido en el convenio con la Casa de los Escritores, que las personas postulantes declaran conocer y aceptar (Resolución N.º 1823/25).
        6. No podrán participar del presente llamado las personas que sean: a) funcionarias y funcionarios de la Intendencia de Montevideo, b) integrantes de la Comisión de Seguimiento del convenio entre la Casa de los Escritores y la IdeM, (integrada por dos representantes del Departamento de Cultura de la IdeM y dos representantes de la Casa de los Escritores), y del Jurado; c) familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad de funcionarios y funcionarias de la Dirección General del Departamento de Cultura (Unidad 8000), de la Comisión de Seguimiento y del Jurado, d) Integrantes actuales de la Comisión Directiva y/o de la Comisión Fiscal de la Casa de los Escritores del Uruguay y e) Talleristas que hayan tenido a su cargo proyectos durante tres años consecutivos precedentes a la presente convocatoria.
        4) INSCRIPCIÓN: Las inscripciones se realizarán en fecha a determinar por la División de Artes y Ciencias, del Departamento de Cultura en el corriente año a través de formulario on-line en la web de la IdeM.
        5) JURADO: La selección de los y las talleristas será realizada por un jurado integrado por dos miembros designados por el Departamento de Cultura de la Intendencia de Montevideo y un miembro designado por la Casa de los Escritores del Uruguay.
        6) TALLERES:
        a.- Los talleres se desarrollarán en el año 2025
        b.- Los sitios en los que se realizarán los talleres serán: las bibliotecas pertenecientes al Servicio de Bibliotecas y Letras de la IdeM, otros espacios de la IdeM que se consideren pertinentes y en el edificio donde se ubica la Casa de los Escritores del Uruguay.
        c.- La definición de los lugares específicos para el desarrollo de los talleres la realizará la Comisión de Seguimiento previo al proceso de selección de las propuestas.
        d.- Los perfiles de los talleres a presentar deberán contemplar la diversidad de espacios a los cuales estarán dirigidos.

        7) OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS PERSONAS SELECCIONADAS:
        a.- Las y los seleccionados/as deberán adherir a las disposiciones de convivencia de los espacios en los que se dictarán los cursos/talleres y deberán ajustarse a la propuesta oportunamente presentada, utilizando adecuadamente los recursos materiales puestos a su disposición por la institución.
        b.-El carácter de seleccionado/a es personal e intransferible. Si por cualquier motivo la persona seleccionada no pudiera cumplir con el inicio de las clases del curso/taller en el/los horarios asignados al efecto, o mantener las mismas durante el período dispuesto perderá la posibilidad de brindar los talleres y será reemplazado por otro tallerista que integre la lista de prelación elaborada por el jurado actuante.
        c.- El hecho de resultar seleccionada/o en la presente convocatoria no generará ninguna clase de vínculo de naturaleza funcional, laboral o contractual con la IdeM y no gozará, en consecuencia, de ninguno de los beneficios funcionales establecidos para los funcionarios de la IdeM.
        d.- Las personas seleccionadas asumen la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre él y los asistentes a los cursos que se impartan, siendo la IdeM por completo ajena a cualquier reclamo que se efectúe.
        e.- Las personas seleccionadas indemnizarán en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios departamentales o a terceros, cuando se constatare responsabilidad por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas.
        f.- Quienes resulten seleccionados se obligan a cumplir con los compromisos adquiridos por la IdeM, respetando los fines y la normativa vigente, así como respetar los derechos, la libertad, la dignidad, la intimidad y las creencias de las personas o grupos a los que dirige su actividad. En especial, los/las seleccionados/as se regirán por las disposiciones establecidas en las leyes Nº 19.580, 18.561, 17823 y los instrumentos institucionales referidos a la igualdad y no discriminación y en particular, los mecanismos de prevención y abordaje de situaciones de acoso sexual, asumiendo el compromiso a no ejercer ningún tipo de conducta violenta o discriminatoria y a contribuir a espacios culturales libres de violencia basada en género o de cualquier otra forma de violencia.
        g.- Los/las seleccionados/as deberán cuidar y mantener la higiene y orden de las
        instalaciones.
        8) CESE DE ACTIVIDADES: La Comisión de Seguimiento podrá proponer a la Dirección General del Departamento el cese o suspensión del taller en caso de verificarse incumplimientos de las condiciones establecidas en las bases, o si se ve afectada la salud, integridad o bienestar de las personas involucradas en las actividades.
        9) ACEPTACIÓN DE LAS BASES: La participación en este concurso implica la aceptación y cumplimiento de la totalidad de las bases por parte de los/las postulantes y que no existe restricción ni impedimento alguno, conforme a las disposiciones del numeral 3.
        2.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General; a la División Información y Comunicación; a la Asesora del Departamento de Cultura; a la Unidad Asesoría y pase a la División Arte y Ciencias.-

DÉBORA QUIRING, Directora General del Departamento de Cultura.-