Resolución N° 81/01/3000
Nro de Expediente:
3400-000296-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
2/2/2001


Tema:
MULTAS HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa al establecimiento destinado a carpintería, sito en la calle Altamirano No. 3224, propiedad del Sr. Herbert Donat Ficher.-

Montevideo, 2 de Febrero de 2001.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General, relacionadas con el establecimiento destinado carpintería, sito en la calle Altamirano No. 3224, propiedad del Sr. Herbert Donat Ficher, C.I. 534.306-1, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que pese a los plazos concedidos y las sanciones aplicadas con anterioridad a solicitud del Servicio Centro Comunal Zonal No. 4, ( Res. 1298/00 del 26/9/00) , no ha presentado la documentación que habilite el funcionamiento del establecimiento de referencia (Habilitación Municipal );
        2o) que comprobándose el incumplimiento a lo intimado el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de una multa de U.R. 14,5746 , al titular de obrados por infracción al Decreto No. 5.332, y la Resolución No. 2.873/92 y al Art. D.3.419.10 del Volumen XV, Tomo II, Art. 3o. Inc. 20, de acuerdo con el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 ( 1ra. reincidencia);
        3o) que la División Región Oeste se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de
        aplicar multas hasta U.R. 55;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa U.R. 14,5746 ( Unidades Reajustables catorce con cinco mil setecientas cuarenta y seis diezmilésimas), al Sr. Herbert Donat Ficher, C.I. 534.306-1, con domicilio a los efectos legales en la calle Altamirano No. 3224, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos a efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 4; Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA , Directora General (I) del Departamento de Descentralización.-