Resolución N° 2632/01/2000
Nro de Expediente:
2230-032940-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
16/11/2001


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Pequeñas Hermanas Misioneras de la Caridad (Obra Don Orione), del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 55.530, 55.533 y 54.477, ubicados en Bvar. Artigas No. 4208 y en la calle Gil Nos. 1188/1190.

Montevideo, 16 de Noviembre de 2001.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Asociación Pequeñas Hermanas Misioneras de la Caridad (Obra Don Orione), solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 55.530, 55.533 y 54.477, ubicados en Bvar. Artigas No. 4208 y en la calle Gil Nos. 1188/1190, respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que le corresponde a los mencionados padrones una exoneración del 100%, según Res. 5990/96 de 17 de diciembre de 1996, por los períodos que se detallan:
        PADRON PERIODO A EXONERAR
        55.530 2001 a 2005 inclusive
        55.533 y 54.477 1999 a 2003 inclusive
        2o) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88 y Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29./10/91, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República, debiendo los interesados gestionar nuevamente la tramitación exentiva en caso de querer acogerse a la misma de futuro;

        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 687/95 de 22 de febrero de 1995, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Pequeñas Hermanas Misioneras de la Caridad (Obra Don Orione), del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 55.530, 55.533 y 54.477, ubicados en Bvar. Artigas No. 4208 y en la calle Gil Nos. 1188/1190, según Resolución No. 5990/96 de 17/12/96.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por el período 2001 al 2005 inclusive, para el padrón No. 55.530 y por el período 1999 al 2003 inclusive, para los padrones Nos. 55.533 y 54.477, en concordancia con lo dispuesto por la Res. No. 7856/88 de 13/9/88 y su modificativa Res. No. 211/97 de 27/1/97.-
        3o.- Al vencimiento del lapso precedentemente referido, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-